martes, 6 de marzo de 2018

#Ni1menos,160.000 por año. Hoy, 438 más ¿Qué hacemos?

¿No tenés un segundo? Por favor, firmá ¡ A H O R A ! :

 

www.goo.gl/WLsbTD

y

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Favor de pegar el texto entre líneas punteadas en WhatsApp :

(para Facebook, Linkedin y emails se puede quitar los * y _):

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👶 *_¡ AYUDAME por favor !_*

 

*Soy un bebé*

capaz de sentir _*dolor*_ 😧

en riesgo de ser

🔪 *descuartizado vivo* 💔

en el seno de mi mamita 😢

 

_¡Están por legalizar_

_el *aborto hasta los 9 meses !*_

 

_¡ *Aborto libre desde los 13 años*_,

*_sin informar a los padres !_*

 

Eso ya está pasando: www.goo.gl/NdEF5a

 

👍 Tu firma puede salvar mi vida y la de mi mami _(el aborto legal, la puede matar igual, ver link arriba)_

 

👎 *_Tu falta de firma puede matarme a mí y a mi mami_*

 

*_¿Qué elegís?_*

🙂   o   🔪💔😧

 

¡Dejá tu huella en la Historia Argentina

entre los defensores de los Derechos Humanos!

 

Ya se entregaron las primeras 10.000 firmas

para respaldar el reclamo ante las autoridades

¡vamos por más!

 

*Te suplico por favor*

firmá acá *_ahora_* : www.goo.gl/WLsbTD

y acá también: www.goo.gl/8xXETm

*Aunque no firmes*,

_*difundir salva mi vida :*_

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💒 *Creyente o no*,

       *favor de rezar* 🙏🏻

 

No llores por mí Argentina,

🇦🇷 mejor, *_¡ votá por la vida !_* :

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¿Una hora de mi tiempo puede salvar vidas?

¡Sí!

 

Si para salvar una vida se necesita 60 minutos ¿lo harías?

¡Sí!

 

¿y para salvar 160.000 vidas en sólo una hora?

¡Con más razón!

 

Entonces, ya está decidido: en nombre de todos los que se salvarán de la muerte, te agradecemos tu hora para leer y difundir ésta nota, y te garantizamos que se te pagará el favor. Tan seguro estamos, que se puede reclamar al email de abajo.

 

Realmente, es cuestión de vida o muerte. Favor de leer las secciones que más interesen y dejar el resto para después.

 

Edmund Burke : "Nadie comete el error más grande que aquel que no hace nada porque sólo podría hacer un poco."

 

¡Y ese poco es leer esto!

 

 

 

¿Qué le contestarás a tu familia?

 

Escándalo mundial. Enfermeras de Arabia "deformaban" las caritas de los bebés para divertirse y fueron expulsadas de la medicina…

 

 

Acá tenemos miles de "médicos" y "enfermeras" que hacen algo cien mil veces peor que eso: los descuartizan vivos… y a nadie parece importarle el genocidio de cientos de miles de Argentinos... realizado por asesinos seriales a sueldo de tus impuestos para que sigan ejerciendo la medi-asesina… y seguimos votando a los políticos asesinos que promueven esto ilegalmente…

 

Dicen los bebés por nacer:

 

Macri, junto a TODOS los partidos, piensan despenalizarlo totalmente en Octubre de 2018 con el nuevo código penal: depende de nosotros impedirlo y salvar a miles.

 

Firmar acá: https://goo.gl/WLsbTD

 

 

¿Por qué le llaman 'bebé' cuando es deseado…

 

pero 'feto' cuando piensan abortarlo?

 

 

 

Durante miles de años se consideró normal la esclavitud. De pronto, el mundo despertó y se sacudió la locura. El aborto es una nueva forma de esclavitud: se define que el ser humano es una cosa mientras esté en el país del seno materno y lo más curioso es que la definición de cosa o persona lo establece la madre… ¡amparada por "la ley"! Si desea al bebé, es un bebé. Si quiere abortar, es una cosa. Si al rato vuelve a cambiar de opinión, mágicamente es un bebé de nuevo.

 

Cuando el mundo despierte de ésta locura irracional, todos preguntarán: ¿qué hacías por luchar contra el aborto? ¿Acaso estabas a favor de ese neo-esclavismo y apoyabas a políticos esclavistas?

 

Ese tipo de preguntas se hicieron quienes no lucharon contra la desaparición de las personas, el Nazismo, el Comunismo o cualquier otra persecución.

 

Entonces, ¿de qué lado de la historia estás? ¿Del lado de los abusadores o del lado de las víctimas? ¿Del lado de los mercaderes de esclavos y asesinos a sueldo o de las mujeres y niños? ¿Del lado de los que no hacen nada y dejan hacer a los malos? ¿Te lavás las manos como Pilatos? Hoy se nos vuelve a preguntar: ¿La Vida o la muerte? ¿Jesús o Barrabás?

 

 

"¿Quién es mi prójimo?"… "¿Acaso soy el guardián de mi hermano?"… Si tolerás un "derecho" a decidir matar a un inocente, sos cómplice de asesinato. No informarse si el partido que votás defiende la vida por escrito en su plataforma, es ser cómplice… como lo fueron los alemanes que votaron a Hitler sin tomarse en serio la responsabilidad de informarse antes. Tu voto mata.

 

Cuando tus hijos, sobrinos o nietos te pregunten ¿qué hacías para defender los derechos humanos y salvar vidas en ésos tiempos de locura? ¿Qué contestarás? "¡Escoge la Vida!"

 

"No oponerse al error es aprobarlo, y no defender la verdad es suprimirla; efectivamente, dejar de denunciar el error de los malvados, cuando podemos hacerlo, no es un pecado menor que el de incentivarlos" San Félix III, Papa.

 

 

Más aborto = más violencia

 

Dijo Madre Teresa en su recomendable discurso en Washington:

El mayor destructor de la paz hoy en día es el aborto, porque es la guerra en contra los niños, el asesinato directo de los inocentes, asesinato de la Madre en contra de sí misma.

Cualquier país que acepte el aborto, no le enseña a su gente a amar, sino a utilizar violencia para recibir lo que quieran.

 

Nos quejamos del aumento del crimen, robos, secuestros, violaciones, violencia doméstica, violencia escolar… y no nos damos cuenta que la raíz del problema es no ocuparse de la familia, cuna y defensora de la vida.

 

No existen los embarazos no deseados: debido a la epidemia de infertilidad permanente causada por los anticonceptivos, las infecciones sexuales y los abortos, hay cola para adoptar. Todo bebé es inmensamente deseado y amado, aunque la madre no lo sepa. "Dénmelos a mí", decía Madre Teresa: jamás rechazó ninguno y providencialmente, en las Misioneras de la Caridad, nunca faltó con qué sacarlos adelante, ni excelentes familias para adoptarles.

 

Es prioritario defender la vida contra el aborto, pero eso es sólo el comienzo: ¿qué hace la madre sola de 7 hijos cuando vuelve a casa con el octavo? Si no se ayuda a esa familia, el noveno, será una crónica más de una muerte anunciada.

 

 

La defensa de la vida y la familia debiera ser "el" tema a votar

 

Cuando no lo es, significa que está triunfando el egoísmo sobre el amor y esa violencia es como un virus contagioso que cobra y cobrará vidas, incluso la tuya, de una forma u otra.

 

La droga, una analogía

La sobredosis es la principal causa de muerte en los EE.UU. Las principales multinacionales que fabrican calmantes opiáceos y varios "médicos" que los recetan, se han convertido en narcotraficantes legales. Como dicen allá, "lo que anda por ahí, vendrá por aquí" (what goes around, comes around).

Algunos vivos piensan que si la Argentina es un país de tránsito para la droga, eso es buen negocio para el país. ¿Cómo pretender que un mercader de la muerte no quiera expandir su negocio corrompiendo todas las esferas posibles? ¿Cómo imaginar que si alguien no le importa matar a sus clientes con merca, no le importe matar a la competencia con violencia?

¿Cómo cabe en la cabeza que si alguien no le importa arriesgar su vida por una dosis más, no le importará robar, violar, asesinar?

 

Lo mismo pasa con la cultura de la muerte y el aborto. Aunque no te importe el aborto, tarde o temprano te va a costar tu vida o la de tus seres queridos: enfermedades de transmisión sexual incluso mortales (VPH, VIH), aborto farmacológico y quirúrgico, infanticidio, asesinato, incluso matando de hambre y sed, de niños discapacitados y de ancianos deprimidos y débiles ("eutanasia"), cosecha de órganos de vivos (mala ley de donante presunto), violencia de parejas, inseguridad, explotación del pobre, estallidos sociales, revolución, guerra, donación de sangre y órganos contaminados (n.b. homosexo), alimentos, productos, tratamientos, medicamentos y vacunas que enferman o matan, etc. También te costará el aumento del costo de la medicina ya sea pública (más impuestos) o privada (más cuota) o falta de tratamientos, prótesis, insumos... porque se gasta el dinero en inmoralidades como abortos, cambio de sexo, etc.

 

Amor y vida son tan inseparables como egoísmo y muerte. Nadie vive en una burbuja. El mal es contagioso, corrompe y mata. El antídoto contra ese hongo negro es la levadura blanca del amor.

 

 

¿Cuánto cuesta un aborto? ¿tres, siete o más…?

 

1) la VIDA del bebé indefenso en el seno de su madre, y la de todos los hijos, nietos, bisnietos, tartaranietos... que podría haber tenido en casi 1000 años hasta el fin del mundo. 1 vida = miles de vidas.

El aborto seguro, seguro cuesta un niño.

 

2) La vida de su madre: aunque sea realizado en un hospital, el aborto legal nunca es seguro. Los quirúrgicos tienen complicaciones un 10%, de las cuales una en cinco tiene riesgo de morir, dicho riesgo crece dramáticamente a medida que progresa el embarazo. El primer año después de abortar, el riesgo de muerte es 4 veces superior al del parto a término, debido a:

·         Hemorragias: por perforación de la cérvix o útero, etc.

·         Embolia

·         Riesgo quirúrgico y post-quirúrgico: muy superior a cesárea y parto natural

·         Alergia a la anestesia y calmantes, incluyendo problemas respiratorios

·         Infecciones:

o   Intra-hospitalarias

o   Por putrefacción de restos del bebé olvidados dentro

o   Por reducción de defensas ante infecciones de transmisión sexual previas o posteriores (nada, ni tampones, debe entrar por 2 semanas)

 

El protocolo omite que quien aborta debe estar en observación por horas y debe haber controles por al menos 10 días: no se busca salvar a mujeres sino matar bebés.

 

Además, según estudios médicos, puede causar cáncer de mama, cáncer de útero, cáncer cervical, cáncer colo-rectal y endometrial, trastornos psicológicos (síndrome post-aborto, estrés post-traumático, depresión, suicidio, alcoholismo, adicción a estupefacientes, violencia intra-familiar, rotación de parejas). Las adolescentes que abortan exhiben mayor riesgo de muerte por enfermedades circulatorias, causas asociadas al alcohol, "accidentes", suicidio y heridas.

Para agravar el trastorno psicológico, las mujeres que abortan con pastillas ven nacer a su hijo vivo y agonizante, porque a las pastillas no se les agrega mifepristona para al bebé antes de que nazca.

 

 

Durante dos años después de abortar, el riesgo de muerte es el doble al del parto. Durante 8 años después hay mayor riesgo de suicidio (154%), "accidentes" (82%), muerte natural (44%).

 

 

El riesgo de muerte luego de abortar tras una violación es cuatro veces superior a no abortar.

 

También se viola el derecho al consentimiento informado al no revelar que puede haber dolores crónicos abdominales, 65% mayor riesgo de depresión clínica (138% si estaban casadas), correlación con depresión neurótica, trastorno bipolar, esquizofrenia, etc.

 

Llama la atención que hay cientos de estudios negativos sobre el aborto y sin embargo la información no se incluye en ningún formulario de consentimiento informado, es más, el protocolo ni siquiera se exige dicho formulario, una prueba más de que lo único que se busca es matar bebés.

 

El formulario de consentimiento debiera mencionar que según estudios científicos, el aborto procurado mata a tu hijo pero además está ligado a cáncer cervical, colorectal, endometrial, de mama, de útero, infertilidad permanente, estrés post-traumático, depresión, suicidio, alcoholismo, adicción a estupefacientes, violencia intra-familiar, rotación de parejas, y en los siguientes embarazos, prematurez y mayor probabilidad de discapacidad, y por si eso fuera poco, mata un ser humano vivo por descuartizamiento, quemadura química, acuchillamiento en la nuca luego de provocar nacimiento parcial, etc.

 

En cuanto al aborto con pastillas, tampoco se informa de las gravísimas consecuencias para la madre, ni se da el prospecto para que lean las contraindicaciones y efectos secundarios.

 

Por ejemplo, en Chubut, Keila Jones de 17 años murió a los pocos días de la ILE (interrupción "legal" del embarazo) con pastillas realizado por el Estado: https://www.youtube.com/watch?v=THFL-mgBGIo

Nadie había pedido autorización a los padres para el aborto, ni siquiera se los informó después.

La "médica" verduga, no hizo absolutamente nada para evitar la muerte de la madre… tal vez porque la entrenan sólo para matar bebés y no para salvar vidas: ¿qué otra cosa esperar de la cultura de la muerte que muerte?

 

La disposición 3646/98 de la ANMAT exige que el Misoprostol se venda con receta archivada y que en su prospecto conste que no debe ser usado por embarazadas. Entre los efectos adversos de la droga la ANMAT destaca: la aparición de malformaciones congénitas en niños de madres que han ingerido Misoprostol durante el primer trimestre del embarazo, diarrea y dolor abdominal en la embarazada (13-40 % de los pacientes) y abortos incompletos con complicaciones que pueden requerir hospitalización y cirugía, cuya consecuencia podría ser la infertilidad.

El misoprostol tiene efecto teratogénico, tras su administración durante el primer trimestre, si el niño por nacer no muere es muy probable que se desarrolle con malformaciones graves, por ejemplo el síndrome de Moebius.

Ver más en: http://www.notivida.org/boletines/1067_.html

 

¿Zombies de por vida?

 

Estudio basado en 987 respuestas de mujeres que habían abortado en Estados Unidos: El aborto no mejoró sus vidas.

Las feministas lo 'venden' como una 'liberación'. La realidad es depresión, adicciones, perdida de la autoestima y un largo historial de desgracias.

El 31,6% dice que el aborto no les genera sentimientos positivos. Sumar 22% que dejaron en blanco la respuesta a esta pregunta…

Este es el testimonio de una de esas madres con 'maternidad frustrada':

"Ninguno. No hay sentimientos positivos. Mi vida no es mejor sino bastante peor. Cargo con la culpa del niño perdido para siempre. Sé que he sido perdonada y he trabajado el tema de la culpa y la vergüenza, pero el dolor en el corazón sigue ahí. Podría haber sido una madre soltera de dos y tener a mi bebé aquí para amarle, pero tengo la pena y el dolor de los brazos vacíos"

http://www.jpands.org/vol22no4/coleman.pdf

El 23,7% sienten que perdieron la vida. Son muertas en vida, . Viven como zombies tras su aborto. Ese que supuestamente les iba a solucionar todos sus problemas…

Este es el testimonio de una de ellas:

"Mi hijo está muerto por mi propia elección. He pasado años de rabia, vergüenza. Ha dañado la relación con mi marido, con mis hijos y con Dios. Por 30 años no hablé del tema con nadie salvo mi marido. Mi dolor le dejaba impotente y avergonzado. Durante muchos años he llorado cada domingo en la iglesia y he sufrido graves depresiones y pensamientos suicidas"

¡Tremenda liberación, señoras feministas! Dejaron tocada una mujer por años con un sufrimiento indescifrable. Machacaron su vida, la de su marido y sus hijos…

 

Más datos:

·         14,4% sufrieron depresión

  • 14% sentimientos de culpabilidad
  • 12,4% relataron odio hacia su persona
  • 10,9% sintieron vergüenza
  • 9% cayeron en adicciones al alcohol o drogas
  • 7% optaron x autodestructivo: promiscuidad y otros
  • 7,6% sufrieron incapacidad para decidir
  • 7,1% ansiedad
  • 6,2% pensamientos suicidas

 

Otro testimonio: "Cambio mi personalidad. Al mirar atrás, me di cuenta de que miraba a mi misma de manera diferente. Sentía que no me merecía cosas buenas. Cambió la relación con mis padres, especialmente con mi madre con la que había estado muy cerca. Me convertí en una promiscua y me alejé de Dios. Sentía que había arruinado la vida que Dios había pensado para mi"

Para un 25% fue una ocasión de crecimiento espiritual. Sentir angustia, depresión, culpa y sentirse amadas por Dios es enormemente consolador. Dios sabe sacar cosas buenas de las peores situaciones…

Otro 30% dicen que se comprometieron en la causa provida, en dar su testimonio, en relatar su experiencia a otras mujeres. Necesitaban reparar…

El aborto nunca es la solución y siempre es un problema. Lo dicen las propias mujeres que han abortado.

¡Hay que salvar del aborto a las madres! No sólo a los bebés por nacer.

 

3) La vida de los siguientes hijos deseados, ya que en los siguientes embarazos, puede causar embarazos ectópicos (n.b. si hubo infección previa) prematurez, discapacidad o muerte, si es que no causó infertilidad permanente (desgarramiento o cicatrices en el útero, infecciones, histerectomía, etc.).

Antes de un aborto, el protocolo no pide identificar tipo sanguíneo para detectar si es necesaria la vacuna inmunoglobulina Rho (D), a fin de prever el rechazo de futuros bebés deseados: una prueba más de que lo que se busca es reducir la población, nunca el bien de la mujer.

Por otra parte, los hermanitos del bebé asesinado sufren del síndrome del sobreviviente: ¿qué se puede esperar de una madre asesina no arrepentida? Por más que oculte el aborto no podrá disimular sus consecuencias psíquicas. ¿Cómo amará a sus hijos si ha sacrificado a su propio hijo en el altar del egoísmo? ¿Cómo educará en la no-violencia quien ha ejercido la mayor de las violencias?

 

4) La vida de los siguientes hijos inesperados: debido a que no se educa en métodos de planificación familiar natural y a que promueve los anticonceptivos agresivamente o a la fuerza en las mujeres que abortan, la mayoría vuelve a tener embarazos "inesperados", dado que todos los anticonceptivos tienen tasas de fallas (65% de las mujeres que abortaban estaban usando anticonceptivos en USA y Reino Unido). Esto significa más abortos quirúrgicos. Por eso, en esos países, lo normal es que una mujer procure varios abortos. Por otra parte, excepto los barrera sin espermicida, todos los métodos anticonceptivos son abortivos. Cuando fallan en prevenir la ovulación, actúan impidiendo la implantación en el útero del bebé ya concebido.

 

5) La vida del padre que se suicida por el asesinato de su hijo, con o sin su consentimiento

 

6) La vida de los cómplices del asesinato, en especial, el padre, los abuelos, familiares, "amigos", personal "médico" y autoridades (trastornos psicológicos o psiquiátricos).

 

7) La vida de miles de personas: la incultura de la muerte es como un hongo que todo lo devora. La historia de Holanda demostró cómo del aborto se pasa a la eutanasia de enfermos terminales, luego de ancianos deprimidos, luego de ancianos saludables, luego de niños discapacitados, luego de niños en coma, luego de muchos por contaminación de bancos de sangre y órganos donados por la ideología de género que no permite discriminar a donantes masculinos que hayan practicado homosexo, luego vacunas contaminadas que causan daño cerebral, etc.

A esto sumar los heridos o muertos por robos y homicidios. El aborto es una verdadera fábrica de delincuentes, porque todos los que colaboraron en él aprenden que el crimen paga y encima por ley. También, madres les enseñan a los demás hijos que para conseguir lo que uno quiere vale hasta matar al propio hijo. ¡Debiera sorprendernos si todos sus hijos no salen delincuentes!

 

8) La vida eterna: los Cristianos tienen la certeza científica de que el aborto también puede costar la vida eterna de todos los involucrados… en el infierno para siempre… a no ser que se arrepientan antes de morir, confiando en la infinita Misericordia de Dios, que pagó por todos los pecados con Su Sangre en la Cruz.

 

Bibliografía de referato científico

En castellano: http://www.all.org/documents/?CategoryId=11

http://afterabortion.org/1999/abortion-risks-a-list-of-major-physical-complications-related-to-abortion/

http://www.theunchoice.com/resources.htm

http://www.abortionrisks.org/index.php?title=Index

http://www.abortionrisks.org/index.php?title=Recent_Studies

http://afterabortion.org/post-abortion-review-index/

http://www.all.org/documents/

https://scholar.google.com.ar/scholar?q=abortion+surgical+risk

 

 

Prohibido prohibir

 

Respecto al argumento abortista de que a la madre no hay "prohibirle no continuar su embarazo". La definición de embarazo implica necesariamente llevar un ser humano en el seno materno hasta su salida ya sea vivo (parto natural o cesárea) o muerto (aborto espontáneo o procurado). "No continuar su embarazo" necesariamente implica provocar la salida del bebé, ya sea vivo o muerto.

 

Jamás se prohíbe "no continuar con el embarazo" cuando el bebé está a término y postergar su salida causare perjuicio tanto para el bebé como la madre (por ejemplo, hipertensión o eclampsia).

 

¿Por qué? Porque claramente continuar con el embarazo perjudica a ambos o a uno de ellos.

 

¿Cuál es la frase clave? "Cuando el bebé está a término": ya existe una persona y lo que se busca es evitar su salida prematura a fin de no perjudicarle.

 

Entonces la frase "prohibirle no continuar su embarazo" es incompleta y debe decirse "prohibirle no continuar su embarazo si se perjudica al bebé". Entonces queda claro el motivo de la prohibición y que es una prohibición justa.

 

 

¿Debatimos o abatimos?

 

Tu vida, la mía y la de todos, comenzó así:

 

Desde la concepción la persona tiene su propio ADN, distinto al de la madre, que ya determina su sexo, color de ojos, de pelo, de piel, altura máxima, forma de estornudar, coeficiente intelectual máximo, etc. ¡No es parte del cuerpo de la mujer!

 

Si una mujer tuvo 6 hijos, ¿perdió 6 órganos de su cuerpo? Un hijo no es parte del cuerpo de la mujer.

 

¿"Mi cuerpo, mi decisión"? Imagínate esto: eres una científica que vive sola, aislada en el polo. La última vez que trajeron un montón de suministros, dejaron un bebé y salieron volando. No volverán hasta dentro de nueve meses. ¿Tienes el derecho de tirar al bebé afuera sólo porque no quieres compartir tu comida y agua y el bebé desordena tus planes? ¿Realmente es "mi casa, mi decisión"? De acuerdo con las leyes de todos los países del mundo serías acusada de homicidio por abandono... excepto en el caso de abortar!!!

 

Esa analogía funciona para explicar los abortos de bebés concebidos por violación violenta (menos del 0,1% de los abortos si excluimos la violación cuando la madre por su dejadez quedó ebria o drogada).

 

La analogía se vuelve moralmente peor si consideramos que en lugar de un bebé no deseado en la base del polo, la científica invitó a su propio hijo o hija a permanecer con ella allí, es decir, a través de la relación sexual, lo que explica el 99,9% de los abortos.

 

El padre es el que está volando el helicóptero y deja a su hijo en la base, dejando a ambos solos, asegurando que la madre tenga la opción de asesinarlo.

 

También debemos agregar a los cuatro abuelos: al no ayudar a la madre de su nieto, están diciendo que están de acuerdo con que asesine al niño al dejarle fuera.

 

Es aún peor: votantes, contribuyentes, aseguradores, presidentes, gobernadores, jueces, congresistas, corporaciones, abuelos, padres, pagan por el viaje del helicóptero hacia la base para que corte al niño en pedazos dentro de la base, a fin de evitar el escándalo de asesinarlo fuera. Hipocresía total!!!

 

Si un hombre y una mujer no están abiertos a la vida, tener relaciones sexuales significa planear un asesinato. Los posibles asesinos en serie son recompensados con placer (al igual que en la prostitución) y con el tiempo se convertirán en asesinos en serie, ya sea a través del efecto abortivo de la anticoncepción o mediante abortos quirúrgicos. El sexo fuera del matrimonio de por vida, abierto a la vida, es irresponsable e inmoral; es el moderno "credo del asesino".

 

Todos somos dueños de nuestros cuerpos pero no de los ajenos. Por algo, se prohíbe manejar alcoholizado: uno puede tomar alcohol pero no puede disponer su cuerpo para conducir si pone en peligro la vida de los demás. Con el aborto, la madre mata la vida de una persona, no debe disponer de su cuerpo para asesinar a su propio hijo, de la misma manera que la ley no debe permitir que un asesino impenitente ande suelto.

 

 

 

 

Mes

desde

concepción

Semana

de

gestación

Desarrollo del bebé

1

0

Ya desde la concepción, cada célula detecta daño provocado y se desarrolla en forma independiente de la madre.

1

2.5

Desarrollo de tubo neural

1

3

El corazón comienza a latir

2

7

Hay receptores sensitivos

Dedos de las manos y pies. Ojos.

2

8

El bebé se mueve y reacciona al tacto. Duerme, se despierta, tiene hipo.

3

12

Primeras señales eléctricas de neuronas: sonríe, se chupa el dedo.

5

20

Varios gobiernos prohiben o requieren anestesia: "los receptores del dolor están presentes en todo el cuerpo del niño y los nervios enlazan estos receptores al tálamo del cerebro y la placa subcortical a las no más de 20 semanas de fertilización"

5

21

El bebé es viable fuera del útero. 50% sobrevive desde 23 semanas.

6

24

Bebé reconoce caras humanas y sonidos desde el vientre materno

8

 

Bebé comienza a aprender y diferencia entre idiomas

 

 

Algunos se creen "modernos" al decir que el aborto lo debe decidir el Congreso. Quien apoye debatir un "derecho" a asesinar bebés por nacer, que mire esto antes de seguir diciendo barbaridades: https://www.youtube.com/results?search_query=aborto+por+nacimiento+parcial

 

En el aborto por nacimiento parcial, se saca todo el cuerpo menos la cabeza, luego se inserta repetitivamente el arma afilada en la nuca dentro de la madre, mientras el bebé sacude sus bracitos y piernas por el dolor. Y por si un video es demasiado impresionante, una imagen vale mil palabras:

 

 

 

 

 

Cuando el bebé es más chico, abortar implica descuartizar vivo a un bebé, brazo por brazo, pierna por pierna, y luego aplastar su cabeza. Literalmente, abortar es un tema sin pies ni cabeza.

 

¿Sin convencerte? Una foto vale diez mil palabras (impresionables saltar la foto que sigue a ésta):

 

Antes del aborto:

 

Después del aborto (8 semanas):

 

 

Vivir y dejar vivir...

¡Viva la vida!

 

¿Aún sin convencerte?

 

Entonces escuchá el testimonio de personas que sobrevivieron a haberlas intentado asesinar por aborto:

 

Massiel Moreno

https://www.youtube.com/watch?v=2fZ0aMTlqlw

 

Gianna Jessen

https://www.youtube.com/watch?v=0TJqhOpgFmQ

https://www.youtube.com/watch?v=rqr6Gie_O8c

 

El aborto seguro, mata un adulto futuro.

 

 

Es un dato científico que toda persona se auto-desarrolla en forma ininterrumpida desde la concepción: incluso antes de implantarse, se pasa de una célula a muchísimas sin intervención alguna del cuerpo de la madre. Las mujeres se enteran que están embarazadas porque el test de embarazo detecta la hormona GCh que emite el bebé para avisar al cuerpo de la madre que se prepare para alojarlo porque está en camino. El bebé forma el cordón umbilical y la placenta, no la madre.

 

 

LA VIDA EMPIEZA EN LA CONCEPCION, NO EN EL CONSENSO.

 

Madre Teresa de Calcuta dijo: "El aborto mata la paz del mundo, es el peor enemigo de la paz porque si una madre es capaz de destruir a su propio hijo, ¿qué me impide matarte? ¿Qué te impide matarme? Ya no queda ningún impedimento."

 

¿ UN PAIS EN EL QUE LA VIDA DE UNA PERSONA ES ALGO DEBATIBLE ?

¡ Me da miedo caminar por las calles en un país así !

 

La vida tiene un valor supremo que ningún Gobierno tiene el derecho a suprimir. No existe un derecho a matar a un inocente, pero sí existe el derecho a vivir, fundamento de todos los derechos humanos.

 

Moralmente, un derecho a abortar es lo mismo que un derecho a asesinar a un bebé YA NACIDO !!!

¡Luego de esto no hay argumentos para prohibir el filicidio!

 

¿"Libertad de conciencia" o "libertad de inconciencia" y "libertinaje sin-ciencia"?

 

Libertad de conciencia para votar a favor de legalizar el aborto equivale a permitir:

a) debatir si violamos la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos con una ley menor (ignorancia total de la jerarquía de las normas), y

b) apología del crimen de poder asesinar "legalmente" a bebés y abusar de sus madres.

 

¡Discutir la legalización del aborto muestra ignorancia, incompetencia y/o malicia total !

 

Nadie que esté a favor de la vida permite que se debata en el Congreso. Es cono si alguien dijera "estoy en contra de la pedofilia pero me parece saludable que se discuta una ley que permita el abuso de menores".

 

Video proponiendo legalizar el robo a mano armada (la lógica es igual al aborto):

https://www.youtube.com/watch?v=1nZOfD6UP2Q

 

Así como no se debate en el Congreso el robo legal, el asesinato legal, el secuestro legal, la trata de personas legal, la venta legal de niños... no corresponde al Congreso el debate de una ley por el aborto legal.

 

Espero que se asesoren debidamente y reflexionen muy detenidamente sobre este tema, y que empiecen a debatir temas en serio que protejan la vida y la integridad de todos los Argentinos, como las leyes que pedimos aquí.

 

 

¿Qué hacemos con las muertes por aborto clandestino?

 

"El tema del aborto requiere contestar una única pregunta: ¿consideramos o no al embrión como un ser humano? Si el embrión es un manojo de células que se puede cortar en pedazos y tirar a la basura, allí terminan todas las discusiones: una mujer puede hacer lo que quiera sin dar explicaciones.

 

Y si el embrión es un ser humano, también terminan todas las discusiones: no hay forma de justificar resolver los problemas en la vida de una persona permitiendo que se mate a otra.

 

La Academia Nacional de Medicina responde a la pregunta en forma contundente: "El niño por nacer, científica y biológicamente, es un ser humano, cuya existencia comienza al momento de su concepción".

 

No se puede desconocer el drama de los abortos clandestinos, pero legalizar la matanza no es la solución."

 

Mario Muriago

 

Además, el aborto es un problema de salud pública. El aborto seguro, seguro aumenta la mortalidad infantil (porque siempre se mata un niño por nacer), pero además, el aborto legal aumenta la mortalidad materna.

 

El aborto "legal, gratuito y seguro" es una triple mentira. #AbortoLegalYa +  #abortolegalseguroygratuito = #aborto_ilegal_letal_y_carísimo

 

Legal

La Constitución Argentina: defiende el derecho a la vida desde la concepción.

Preámbulo: "proveer a la defensa común, promover el bienestar general, asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad"

Sobre las atribuciones del Congreso: "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia" (Art. 75, inc. 23).

De rango constitucional (Art. 75, inc. 22):

·         Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Por ejemplo, Pacto de derechos Civiles y Políticos relativo al derecho a la vida, art. 6.5: "No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez" (se trata de un reconocimiento implícito del derecho a la vida del niño por nacer).

·         Declaración Americana de Derechos y Deberes del hombre, firmada en Bogotá en 1948, en Art.1: "Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona"

·         Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (incorporada a nuestra constitución en 1994): Art. 6: "Los Estados Parte reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida." Inc 2°: "Los Estados Parte garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño". "Se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción" (Ley 23.849, art. 2). Habla del interés superior del niño. Esto es: si chocan dos derechos, se debe priorizar el del niño, por ejemplo, entre la conveniencia o inconveniencia de la madre y la vida del niño por nacer. En el art. 37.b. dice que "Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o arbitrariamente." (esto incluye la libertad de nacer).

·         Convención Interamericana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), art. 4.1: " Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción."

Aclaración: Los abortistas dicen que "en general" indica que puede haber excepciones como el aborto procurado, olvidando que el párrafo empieza con "Toda persona" refiriéndose a persona "a partir del momento de la concepción", lo cual invalida totalmente al argumento. ¿Por qué pusieron "en general"? Porque es válido que una persona por nacer pierda la vida inintencionadamente como efecto no deseado de una intervención para salvar la vida de la madre, no habiendo otra alternativa. Justamente, eso no es aborto procurado.

 

Código Civil dice "la existencia de la persona comienza desde la concepción" (art. 19).

 

Ley Nº 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes: el Estado debe garantizar el "derecho a la vida" (art.8) y a la "integridad física" (art. 9). Art. 3 in fine: "Cuando exista conflicto entre derechos e intereses de niño, frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros". Y en su art. 5: "Responsabilidad gubernamental: …Las políticas públicas del Estado deben garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes…. cuando sus derechos colisionen con los intereses de los adultos, de las personas jurídicas privadas o públicas". Esto quiere decir que, ante el peligro de ser abortado, el Interés Superior del Niño debe prevalecer sobre los adultos. Y que el Estado debe poner en práctica políticas específicas para su protección.

 

"Sin Justicia no hay república". Una ley menor, no puede primar sobre una de mayor jerarquía: toda ley que sancionen "legalizando" el aborto es anti-constitucional y por lo tanto inválida: no se puede excluir al niño por nacer del "derecho a la vida". Aún si cambiaran la Constitución, sería nulo porque prima la ley natural por sobre la Constitución (ni hablar de la Ley Divina). Hay un principio legal básico que viene desde la Antigua Roma (S. Agustín): "Lex iniusta non est lex." La ley injusta no es ley: nunca se debe obedecer. Un ejemplo: una ley que obligara a los padres entregar su tercer hijo para ser asesinado por el Estado. Quien obedeciera esa ley cometería una gravísima injusticia, y aun así, es menos grave que asesinar a un bebé por nacer supuestamente por "obedecer" una ley.

 

 

Gratuito

Nunca es gratuito, no sólo porque cuesta la vida de muchos (ver arriba), sino porque cuestan mucho dinero, que proviene de tus impuestos. Te están convirtiendo en cómplice de asesinato a la fuerza, a pesar de que siempre el aborto es ilegal (ver arriba).

Cada vez que comprás un producto con factura, el vendedor está pagando con tu dinero, aproximadamente la mitad del valor (21% de IVA, 3% de Ingresos Brutos, 35% de impuesto a las ganancias, etc.) del cual se usará una parte para asesinar violando la Constitución. Como no está implementada la objeción de conciencia fiscal, esto crea un incentivo para apoyar la economía en negro.

También financiamos el aborto al pagar nuestra obra social o medicina prepaga: parte de esos fondos son usados para "tratamientos" de fecundación artificial, que en realidad implican abortar unos 25 seres humanos vivos por cada bebé nacido y no son tratamiento porque no buscan curar la causa de la infertilidad, a diferencia de la Naprotecnología que es más eficaz y cura. También se usan para investigación con células embrionarias, creando y destruyendo seres humanos en aras de la investigación.

 

 

Finalmente, el caballito de batalla del aborto "gratuito" es que los ricos pagan sus abortos mientras que los pobres no pueden:

 

a) Un falso derecho "igualitario" a romper la ley destruye la ley misma. Analogía: si un rico asesina con armas caras, ¿acaso significa que el Estado debe proveer armas gratuitas para homicidas pobres? Que un rico viole la ley, no hace que la ley sea injusta: debe perseguirse al asesino, sin importar si es rico o pobre.

Cuando piden la legalización del aborto, jamás la piden sólo para las pobres ¿no era que las ricas se lo hacían en forma segura de todas formas? ¿por qué el contribuyente debe cargar con un subsidio para asesinar a los hijos de las ricas?

 

b) Según la definición de la Convención sobre el genocidio (vigente desde 1948), aborto gratuito para los pobres es genocidio de los pobres: se busca matar los hijos pobres, en vez de eliminar la pobreza. Si eso no es eugenesia y darwinismo Nazi ¿qué es? La mayoría de los abortuorios legales de los EE.UU. están en zonas negras y latinas: ¿casualidad? Derechos reproductivos sólo para los ricos. Para los pobres sólo hay derecho a no reproducirse y por eso se los esteriliza con anticonceptivos y aborto, negándoles el derecho al consentimiento informado.

 

Seguro

 

Aun siendo legal el aborto nunca es seguro: a) seguro mata un ser humano, el bebé y b) aún en los países desarrollados, el aborto legal implica la muerte de madres (8.2%).

 

Ya el Dr. Nathanson, abortista arrepentido, advirtió que una táctica común para que se acepte la legalización del aborto, era inflar las estadísticas para que la gente se asustara de la cantidad de muertes de madres por abortos sucios.

 

Las "feministas" hablan de 500.000 abortos clandestinos anuales. El ministerio de Salud sólo da 43 muertes por abortos naturales y procurados en 2016. Supongamos que la mitad de esa cifra se debiera a abortos procurados: 22/600.000 da 0,004% o 3,6 por 100.000 o 1 en 30.000: tenemos los abortos clandestinos más seguros del mundo, 2000 veces más que los abortos legales de los países del primer mundo: ¡difícilmente una ley pudiera lograr mejores resultados! Y eso que no sumamos los abortos "legales" realizados por el Gobierno.

 

Otro indicio de que es una cifra inventada es que de 500.000 homicidios, sólo hay una presa y que no pueden dar los datos de una sóla abuela para entrevistar, cuya hija hubiera muerto en un aborto clandestino... ¡ni uno en 500.000!

 

Nosotros sí podemos dar los datos a quienes el aborto legal mató a su hija y nietito en una "interrupción legal del embarazo", por ejemplo el caso de Keila Jones.

 

Mueren más mujeres por accidentes de tránsito (3000), desnutrición (525) o suicidio (585) que por aborto provocado (43): no hay reclamo alguno. Y ni hablar del total de defunciones femeninas (171.408).

Curiosamente hablan de que hay que legalizar el aborto porque las pobres no lo pueden pagar, pero nunca excluyen a las ricas de los proyectos.

 

Finalmente, utilizando los modelos estadísticos de Koch sobre la distribución de la población por sexos y edades, la Argentina no puede tener más que una cantidad máxima de concepciones anuales, y si restamos los nacimientos, ésta cantidad es muy inferior a la cifra abortista.

 

Según las abortistas la vida comienza a las 14 semanas y por eso piden el aborto hasta esa fecha. Antes de FAL, pedían el aborto hasta las 12 semanas: ¿de golpe la vida humana tarda 2 semanas más en aparecer? ¿pensamiento mágico o científico?

No saben qué contestar cómo es posible que la vida comience a las 21 semanas en otros países donde el aborto es legal hasta ese período.

 

¿Por qué nunca escuchaste en los medios que varios estudios demostraron que además de los riesgos quirúrgicos y post-quirúrgicos del aborto, en los siguientes partos, se incrementa el riesgo de mortalidad materna?

 

Además de la mayor vulnerabilidad a infecciones sexuales, mayor riesgo de embarazo ectópico, mayor riesgo por uso de anticonceptivos, una posible explicación es que "hay mayor incidencia de placenta acreta, placenta encreta y placenta percrea entre las que han tenido abortado. El tejido de la cicatriz en el útero hace que, en un nuevo embarazo, la placenta se adhiera anormalmente a la pared uterina, si la placenta se forma sobre la cicatriz. La investigación sobre este problema se encuentra en los estudios que tratan de las secuelas de la tasa de cesárea extremadamente alta en los EE.UU. (35%). Más abortos conducen a más tejido cicatricial que luego conduce a más problemas placentarios que pueden ser muy peligrosas para la vida."

 

¿Por qué nunca escuchaste de los estudios científicos de Elard Koch que mostraron que cuando Chile liberó el aborto aumentó la mortalidad materno-infantil y cuando lo volvió a prohibir, volvió a bajar?¿o que la mortalidad materna de Chile es menor a la de los EE.UU. con aborto libre, a pesar de que gastan 9 veces menos en salud? ¿Por qué nunca escuchaste que lo mismo pasó en países como Irlanda y República Dominicana?

 

La prohibición del aborto en Chile no resultó en un aumento de la mortalidad materna. Después que el aborto se hiciera ilegal en 1989, la RMM continuó disminuyendo de 41,3 a 12,7 por cada 100.000 nacidos vivos (reducción de 69,2%) y la mortalidad específica por aborto cayo 99,1%.

 

"Los factores que habían influido (en reducir la mortalidad materna) eran: cuánto había aumentado la educación de las mujeres, el acceso a la atención obstétrica de emergencia, el acceso al control prenatal temprano, el acceso a la atención profesional del parto por equipo obstétrico calificado, el acceso al agua potable y al alcantarillado porque disminuye las infecciones y el riesgo de infecciones puerperales y otras variables, como la disminución de la desnutrición; básicamente, éstas son las políticas públicas que mostraron un efecto claro en la reducción de la mortalidad materna".

 

Koch explica que en la mayoría de los países de la región que han mejorado la salud materna, "la mortalidad por aborto ha ido disminuyendo y en algunos casos ha desaparecido; en Chile por ejemplo la mortalidad por aborto prácticamente desapareció". Y esto se verificó antes del cambio legislativo. "Definitivamente, la prohibición legal del aborto no está relacionada con las tasas globales de mortalidad materna", enfatizó Koch.

 

Estudio danés coincide con el finlandés, el aborto legal  aumenta la mortalidad materna:

 

La mortalidad materna por aborto es el doble que la del parto:

 

Es falso el argumento de miles de madres muertas por abortos clandestinos sanguinarios: casi la totalidad de los abortos tempranos clandestinos se hacen con pastillas, las mismas que reparte gratuitamente el Estado. Luego, se los termina en el hospital público o privado. En 2015, las estadísticas muestran que sólo hubo 6 muertes de madres por aborto (ya sea realizado por el Estado o clandestino). Porque, el aborto estatal también termina en muertes de las madres, aún si se hace con pastillas, como bien demostró el caso de Keila Jones en Chubut:

https://goo.gl/NdEF5a

 

Hablan de reducir la mortalidad materna pero curiosamente ni mencionan las medidas realmente efectivas y probadas para lograrlo: aumentar la inversión en salud en centros distribuidos geográficamente para estar cerca de todas las madres y así evitar malos controles prenatales que no detectan embarazadas de riesgo (enfermedades hipertensivas, infecciones, hemorragias).

 

Finalmente, otro efecto visto en Italia es que la legalización del aborto aumenta los abortos clandestinos porque siempre se mantiene algún límite, por ejemplo sólo se permite abortar un bebé de más de 9 meses si hay malformación. Como se inculca que abortar es un derecho, entonces las madres abortan ilegalmente de todas formas porque consideran que se ha vulnerado su derecho.

 

 

¿Por qué no luchamos todos contra el aborto inseguro?

 

Si realmente se quiere luchar contra el aborto "inseguro", hay una receta casi infalible:

 

1.      Aumentar la pena para la madre y para quien enterándose de la posibilidad de aborto futuro o pasado no lo denuncie, agravada como delito de lesa humanidad, si quien colabora o quien tiene la información, es personal de la salud, policial o funcionarios públicos. Negociar la pena bajo la "figura del arrepentido", a cambio de delatar al "médico" abortista y todos los cómplices, incluyendo los inductores (incluso familiares y pareja), captadores y los financiantes (incluso familiares o pareja).

2.      Prohibir la importación, producción y distribución de misoprostol.

3.      Organizar un sistema efectivo de denuncias obligatorias bajo pena de complicidad: 0800, whatsapp y redes, web, email, buzones en hospitales públicos notoriamente señalizados, formularios del sistema de salud y seguridad social, avisos en cajas de test de embarazo, etc.

4.      Perseguir efectivamente: incluyendo fiscalías y tribunales móviles, equipos especiales de policía federal, etc.

5.      Meter presos a todos con la máxima pena.

6.      Liquidar el patrimonio de los convictos para pagar su costo de mantenimiento carcelario (además de su trabajo en la cárcel), el programa de persecución y ayuda a madres en situación de riesgo. También se es cómplice si se colabora para ocultar ese patrimonio, por ejemplo, dejando de denunciar el patrimonio.

 

Dado que un 70% de los abortos clandestinos se producen por situaciones de vulnerabilidad social, coerción y miedo, la segunda mejor forma de reducirlos son programas de apoyo a la mujer embarazada en riesgo de abortar.

 

Una prueba más de que los pro-elección son en realidad pro-asesinato-de-bebés es que se niegan a perseguir el aborto ilegal. ¡Tanto pro-vida como pro-elección debiéramos luchar contra del aborto inseguro, es decir, contra todo aborto procurado!

 

Federico Luis Abril, psiquiatra escribió sobre el tema reincidencia en Justicia2020.com.ar:

 

"Debería respetarse el espíritu que imponía una mayor pena por reincidencia el art 52 del Código Penal. Zaffaroni trató de declararlo inconstitucional con argumentaciones abolicionistas fallo "Gramajo", sin embargo desde la psicopatología los antecedentes son fundamentales. Una persona con sus capacidades psíquicas intactas (saber diferenciar el bien del mal) desde su voluntad y usando su libre albedrío ELIGE cometer un delito, no "se equivoca", no "comete un error", por lo tanto después de una cuarta o quinta reincidencia, (en Estados Unidos es en la tercera) debería condenárselo con toda la dureza de la ley.

Una de las causas de la impresionante inseguridad que estamos viviendo es la impunidad, no castigar los delitos como corresponde, es una cuestión de psicología básica, basada en el viejo conductismo de Watson y Pavlov: se deben reforzar negativamente las conductas desviadas a fin de extinguirlas. Es el viejo régimen de premios y castigos que lamentablemente perdimos por ideologías abolicionistas que culpaban a la exclusión social del origen del delito."

 

Hay atenuantes que pueden reducir notoriamente la pena. No es lo mismo un pobre que se ve forzado a robar para no morirse de hambre, ya sea por ser discapacitado o por no encontrar trabajo, porque nadie le ayuda, que un rico corrupto que roba. Sin embargo, exonerar a todo pobre, aún si tuviera trabajo sería una injusticia. En el caso del aborto, pasa algo similar.

 

 

Aborto por violación

 

Antes de opinar es importante escuchar a ésta sobreviviente de una violación:

https://www.youtube.com/watch?v=3yYe5A1Szxg

 

Que el aborto sea ilegal protege no sólo al hijo sino también a la madre: tiene 4 veces más probabilidades de morir al año siguiente al aborto, porque sigue en una situación de abuso terminan asesinadas, porque la violencia del aborto lleva a violencia doméstica, alcohol, drogas, depresión, suicidio, etc. ¡Más violencia jamás la va a sanar! Hay que proteger a las víctimas de violación no sólo del violador sino del aborto, no de un bebé inocente. ¿Qué tiene que ver asesinar bebés con ser pro-mujer? Un principio básico del feminismo es proteger a los débiles: usar tu poder como mujer para matar a otra persona es totalmente anti-feminista.

 

Por más dolorosa que sea la situación, la justicia no se basa en sentimientos ni en sentimentalismos sino buscar el bien común. Fruto del amor o de una violación, ¡siempre es un niño!

 

 

Si, desafortunadamente, mi hija adolescente fuera violada, ¿acaso la situación dolorosísima justificaría que yo pida la pena de muerte para mi nieto? ¿Qué culpa tiene él de la violación? ¿Debe cargar con el rencor hacia el violador? ¿Se vengan en la víctima en vez del violador? ¿Acaso asesinarle a sangre fría hará desaparecer violación? ¿Acaso se logrará justicia con la peor de las injusticias? ¿la violencia se soluciona con la mayor de las violencias?

 

Por un mal Código Penal que "legaliza" de hecho la promoción del aborto por parte del Estado, ¿por qué mi hija debe ser mal asesorada, violando su derecho al consentimiento informado, sobre las terribles secuelas del aborto legal y seguro (muerte, esterilidad de por vida, estrés post-traumático, prematurez y discapacidad del siguiente hijo deseado, cáncer de mama, síndrome post-aborto, mayor incidencia de alcoholismo, drogas, violencia doméstica, rotación de parejas, rotación de parejas y empleos, etc.)?

 

Si me piden mi consentimiento hasta para una extracción de muelas de mi hija ¿cómo es que el Estado me niega el derecho a patria potestad sobre mi hija menor de edad, no informándome ni requiriendo mi consentimiento sobre el desmembramiento vivo de mi nieto que tiene secuelas gravísimas sobre ella?

 

Todo eso YA está sucediendo bajo la supuesta despenalización del caso FAL. "Legalizarla" aún más con el Código Penal no hará más que agravar la situación para cientos de miles de mujeres y niños.

 

Imagine una ley que, al violarse a mi hija, el Estado le proporcionara "gratis, legal y seguro" un asesino a sueldo, que la acompañe y asesine al primer inocente que ella se encuentre, sólo porque su cara le recuerda al violador…

 

Otra analogía: en la Edad Media de Romeo y Julieta, en las guerras entre familias, si se mataba a uno de una familia, sus familiares se sentían con obligación moral de asesinar a otro cualquiera de la familia rival, por más inocente que fuera: sus genes eran su culpa. Es como si los Capuleto mataran al hijo de Romeo y Julieta: ¡es su propia sangre! En el caso de aborto por violación, se venga una violación con una vida inocente sólo por ser portador de genes, con el agravante que la mitad de sus genes son de la propia familia. Ni siquiera se guarda la proporcionalidad de la ley del talión, vida por vida, sino violación por vida.

 

Ésa es la lógica de autorizar aborto por violación: no se interrumpe un embarazo, se rompe una vida… dos vidas por lo menos, porque se arruina la vida de la madre.

 

Los embarazos por violador desconocido serían menos de 3 por mil violaciones terminadas en embarazo: el Hospital Saint Paul (Minneapolis) informó que de 3.500 violaciones atendidas en 10 años no se registró ni un solo caso de embarazo. Otro estudio de los EE.UU. concluyó sólo el 0,6% de 1290 casos de violación terminó en preñez.

 

Una hipótesis es el estrés traumático ante, que desencadenaría o impediría mecanismos fisiológicos, necesarios para la concepción o la implantación. La cifra surge de:

1.      Demasiadas violaciones no son denunciadas a las autoridades.

2.      De 3 a 5% de las violaciones resultan en embarazos.

3.      Aproximadamente 90% de los embarazos luego de una violación, corresponden a casos donde la víctima es violentada sistemáticamente, generalmente por una persona del entorno familiar: tiastro, primastro, padrastro, hermanastro, personas de "confianza" a quienes se deja las niñas a cargo, vecinos y en última instancia, familiares de sangre, éstos últimos generalmente bajo la influencia de alcohol o drogas.

 

Los protocolos de abortos "no punibles" encubren al violador y fomentan más violaciones posteriores con sus respectivos abortos si no exigen:

·         Denunciar al violador.

·         Conservar el cuerpo y ADN como prueba.

·         Consentimiento informado (ver arriba)

·         Preguntar a la madre si está siendo presionada (amenazas expresas o tácitas)

·         Preguntarle si preferiría tenerlo si se le diera solución adecuada a sus problemas (económicos, sociales, médicos, psicológicos, etc.)

·         Asistencia policial efectiva

·         Asistencia médica pro-vida

·         Asistencia psicológica pro-vida

·         Asistencia social pro-vida

 

Es incoherente que quienes más defienden un derecho a asesinar a la víctima más inocente de una violación sean quienes amparen al violador:

 

 

Testimonio de una sobreviviente: https://www.youtube.com/watch?v=q0ENFmHpQMI

 

 

Aborto "terapéutico"

 

"Aborto terapéutico" es una contradicción de términos ya que la terapia busca curar, mientras que el aborto, busca matar. ¡El embarazo no es una enfermedad!

 

Existe un caso moralmente aceptable: por salvar la vida biológica de la madre y del niño por nacer, con el consentimiento de la madre, no habiendo otras alternativas, la terapia tiene como efecto no deseado, la posible muerte del bebé por nacer, por ser una acción con doble efecto y no poder separarse el efecto secundario del aborto no procurado, haciéndose lo imposible por salvar al niño con cuidados neonatológicos intensivos, si con la tecnología actual tuviera más de 20 semanas de gestación (debiendo ser menos si mejora la tecnología) o cuidados paliativos si tuviera menos de 20 semanas.

 

El nombre correcto podría ser "aborto no procurado por terapia con doble efecto" o "terapia para salvar ambas vidas con aborto colateral no procurado". Nótese que siempre se agrega "no procurado" y por tanto, ese caso no entra dentro de "aborto procurado".

 

No es una excepción a la regla. Todo aborto procurado debe ser penalizado: éste es un caso de aborto no procurado.

 

Cabe agregar que con atención médica óptima es muy difícil que un embarazo cueste la vida de la madre. No es "aborto terapéutico" cuando se pierde el bebé al tratar de reubicar un embarazo ectópico.

 

Otro ejemplo: la tasa de pre-eclampsia grave es de 1,4% pero en la tardía se puede adelantar el nacimiento del bebé. La tasa de preclamsia precoz grave sería 0,14% (0,38%*1,4%/3,8%). Muchos casos se resuelven por aborto natural, con lo cual, la tasa de peligro para la vida de la madre bien podría ser una en diez mil o menos, si la madre tiene entre 20 y 35 años, no fuma, tiene alimentación saludable, bajo peso, buen estado físico, etc. Llama la atención es que no se trate de prevenir mejor los factores de riesgo o incluso que se los promueva a través de la educación sexual integral (compensación de riesgos por la mentira de "sexo seguro").

 

http://www.bmj.com/content/bmj/347/bmj.f6564/F1.medium.gif

 

http://www.bmj.com/content/bmj/347/bmj.f6564/F3.medium.gif

 

 

Aborto anti-pobreza y anti-delincuencia

 

 

Froiz: "…para los más pobres, de lo contrario son una máquina de fabricar pobreza…"

 

Otro: "la mayoría de esos abortos son en gente de clase baja. Y la verdad que estadisticamente es mejor que no nazcan antes que engrosar la pobreza estructural. Más abortos para los pobres e incentivos para que la clase media tenga más hijos… La gente de bien tiene que tener más hijos y las villas deben reducir su tasa de natalidad. El problema de que se reproducen como conejos. Yo les pagaría 100,000 pesos para que las minas se aten las trompas. Las negras van a ir como moscas."

 

Pumaleal:" Filosóficamente totalmente en contra. Pero viendo la cantidad de planes sociales y la cantidad de villeras embarazadas en espera de cobrar esos planes, no solo estoy totalmente a favor si no que además se debería promover la esterilización forzada para casos de situación de calle o villa"

 

Ni Hitler lo hubiera dicho mejor. Con esa ilógica no les molestaría que un pobre masacre a su familia: redujo la pobreza y se mejoró "la raza". La única diferencia es que ellos toleran que lo haga dentro del seno materno porque fuera ya queda "feo".

 

Con ese mismo argumento están contra la Asignación Universal por Hijo.

 

Una variante del argumento neo-nazi es el aborto anti-delincuencia: como la mayor parte de delincuentes vienen de la marginalidad, entonces cuanto más aborten los pobres, menos delincuentes futuros.

 

En vez de darse cuenta de su co-responsabilidad en las gravísimas injusticias sociales (incluyendo que se enseñe promiscuidad en las escuelas en vez de paternidad responsable en base al respeto del cuerpo de la mujer y sus ciclos y no de abortivos y aborto), prefieren agravarlas, creando madres asesinas de sus propios hijos… ¿cómo creen que educarán a los que sobrevivan? Que para lograr objetivos egoístas vale matar hasta a su propio hijo. La violencia engendra más violencia y el aborto es la mayor de las violencias. Después no se quejen si son asesinados en la calle por robarles un par de zapatillas.

 

 

Dr. Juan Carlos Parodi

 

Dr. Juan Carlos Parodi es triste. Cita a Freakonomics que promueve el aborto diciendo que baja la delincuencia, algo totalmente falso: ¡la aumenta! Cuando uno se sale de su profesión, lo normal es hacer agua: típico los físicos que se ponen a filosofar de que no existe Dios. Éste caso es similar: sabe de su rama en medicina pero no sabe casi nada de economía y menos de economía de la salvación. Según la tendencia actual, Argentina se queda con aprox. 6 millones de perosonas en menos de 400 años. Si no fuera por la fecundidad de los pobres, eso pasaría en 100 años o menos. Es cierto que hace falta paternidad responsable, pero más hace falta paternidad: los hombres se borran de las familias causando gravísimo daño. La solución no es más anticonceptivos abortivos y aborto sino educación para el amor. Lo que vivimos ahora es fruto de la "educación sexual integral" que enseña falsedades contrarias a la ciencia y logra lo opuesto a lo que declama: más pobreza, más embarazos no buscados, más promiscuidad, más enfermedades, etc Da para largo, pero quería ayudarles a entender lo grave que son las ideas de éste tipo, muy extendidas entre los ricos. Quitar la Asignación por hijo significa más bebés descuartizados en el seno materno!!!!

 

 

Aborto ecológico

 

Froiz: "Para Mayo la ONU estima que seremos 7.520 millones de humanos en el Planeta, cada día hay más efecto invernadero por la cantidad de humanos que somos, cada día es más difícil producir alimentos para tantos, cada día se contamina más la tierra con sus desechos…"

 

Curiosamente, quienes hablan de sobrepoblación nunca dan el ejemplo, siguen viviendo, viajando en avión y teniendo hijos. Es más importante su propia vida que la del "planeta" pero no la de los demás.

 

 

Argentina, ya no rima con vida

 

En el Congreso Eucarístico Nacional de 2016 ante 300.000 personas presentes y otros tantos televidentes el Presidente Macri se comprometió a "proteger la vida desde la concepción hasta la muerte". Nota: no dijo "muerte natural", ¿con la intención de seguir con la política K de eutanasia libre?

 

Según el orden jurídico argentino, el mero hecho de discutir que el aborto es un derecho de la mujer es "apología de homicidio" y debiera ser pasible de prisión. Hablar de un "derecho a decidir" o ser "pro-elección" (a abortar), es ser pro-aborto: no se ofrece otra elección que asesinar un bebé.

 

El hecho de que los fiscales no persigan a todo el que lo haga apología del delito, debiera resultar en su inmediata destitución por parte de las autoridades o en juicios políticos. La inacción de las autoridades habla por sí misma.

 

A fin de cuentas, si al Presidente lo amenazan por twitter, el Ministerio de Seguridad inicia las actuaciones por intimadación pública, con intervención de un juzgado criminal y correccional federal, pero cuando se amenaza a miles de bebés indefensos, nada, y si se los asesina, tampoco.

 

 

El fallo FALLADO

 

Existe una jerarquía en las normas que se basa en tres principios:

 

Principio de subsidiariedad: una entidad mayor no debe absorber lo que una entidad menor realiza adecuadamente por el bien común. ¿Por qué? Una de las razones es el dicho popular que ya citaba Platón, "el ojo del amo engorda el ganado". Cuantos más niveles se agregan, tanto más se diluye la responsabilidad y eficiencia individual. Y podríamos agregar "quien mucho abarca poco aprieta". Cuanto mayor tamaño y complejidad tenga una organización tanto más difícil y caro es el control. Además, es más fácil y directa la participación ciudadana a nivel provincial que nacional.

 

Teoría de apoderamiento: cuando una persona otorga una poder notarizado a otra persona, queda claro que el apoderado no tendrá poderes por encima de lo expresamente delegado y que quien otorga el poder conserva la facultad de revocarlo todo o en parte y que su voluntad está por encima de la del apoderado. Lo mismo pasa cuando los estados provinciales delegan a través de la Constitución (poder) facultades al Gobierno Nacional.

 

Teoría democrática: a mayor nivel de participación democrática, mayor jerarquía de la norma. Una constitución (nacional o provincial) está por encima de una ley. Una constitución provincial está por encima de un fallo-ley de la Corte Suprema.

 

Teniendo esto en cuenta, y excluyendo la Ley Divina, la jerarquía de normas quedaría así:

·         Ley natural (contenida en la en la conciencia no deformada): por más que una ley o juez digan que una persona con cromosomas XY es una mujer, por ley natural seguirá siendo hombre, ya que por más operaciones y cambios de nombre que tenga, será imposible cambiar los cromosomas de cada una de sus células.

·         Constitución Nacional, incluyendo tratados de derechos humanos mencionados en el art 75 inc. 22

·         Tratados internacionales refrendados por el Congreso y el Poder Ejecutivo sin ser cuestionados por la Corte Suprema

·         Constituciones Provinciales en temas no delegados al Gobierno Federal

·         Leyes del Congreso en facultades delegadas por las provincias a la República Federal

·         Leyes provinciales en facultades no delegadas

·         Decreto-ley del Poder Ejecutivo reglamentario de facultades delegadas

·         Leyes del Congreso en temas no delegados por las provincias

·         Decreto-ley del Poder Ejecutivo reglamentario de facultades no delegadas

·         Leyes provinciales en facultades delegadas

·         Resoluciones de los distintos organismos del Poder Ejecutivo

 

Objeción: Artículo 31 de la Constitución Nacional: Ésta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859.

"Quien otorga el poder conserva la facultad de revocarlo todo o en parte y que su voluntad está por encima de la del apoderado." Una provincia podría unilateralmente delimitar el art. 31 de la Constitución Nacional, sobre todo si los 4 principios no negociables ya estaban en la Constitución antes de 1994, pero también se podrían agregar después, ya que la ley natural prima sobre la formal:. jamás se puede delegar al Gobierno Nacional la impunibilidad ante un asesinato de un inocente.

 

A lo largo de la historia, todos los fallos de las distintas Cortes Supremas fueron unánimes en cuanto a considerar el aborto como un homicidio, incluso en el tristemente célebre caso F.A.L., donde, si bien sigue siendo un crimen, se falló a favor de quitar la pena de cárcel en caso de violación, es decir que sigue siendo un delito "no penalizado" para ciertos casos.

 

Dos principios del Derecho: "ley posterior deroga la ley anterior" y "ley superior deroga a la ley inferior". La Carta Magna es posterior y superior al Código Penal. Debido a la Constitución (ver arriba), el aborto sigue siendo ilegal y punible a pesar de que se despenalizaría dos casos extremos inaplicables, remanentes del viejo Código Penal, anterior a la nueva Constitución de 1994:

a) embarazada con discapacidad mental: no se puede condenar penalmente a quien es incapaz de hecho o de derecho

b) peligro de vida para la madre: no existen casos donde la medicina no pueda intentar salvar la vida del niño al mismo tiempo que la de la madre

 

Es nula una norma inferior en lo que contradiga una superior y por lo tanto, las autoridades y los ciudadanos deben comportarse como si no existiera el punto en cuestión (excepto para abolirlo).

 

Se llama activismo judicial cuando un juez falla violando la ley, inventando sus propias leyes, por ejemplo por una reinterpretación torcida de textos claros, sin respetar el espíritu de quienes escribieron las normas, ni la continuidad de jurisprudencia coherente: ¡los jueces no legislan!

 

En la división de poderes de un sistema republicano, legislar corresponde al Poder Legislativo, al Congreso.

Excepto normas de funcionamiento interno, el Poder Judicial no puede emitir leyes, pero eso es justamente lo que hicieron en el caso FAL.

 

Este fallo sólo fue posible gracias a la corte sometida a Néstor Kirchner, los nuevos jueces, porque los eligió él, y los viejos, probablemente, bajo amenazas de escarnio social y juicios políticos basados en carpetazos armados por la Secretaría de Inteligencia (SIDE). ¿Y si no bastaba esa amenaza? Al Dr. Vázquez lo tirotearon cuando andaba con su secretaria en la Panamericana.

 

A propósito o no, Kirchner no buscó jueces, sino verdugos para formar un panel de la muerte contra los bebés más indefensos. No es casualidad que ni uno sólo de ellos se opusiera. Cuando fallecieron Argibay, Fayt y Petracchi, no fue casualidad el elogio unánime de los grandes medios de comunicación y de autoridades de los tres poderes: buscan imponer el aborto a espaldas de la ley y de los votantes.

 

 

Análisis

 

El art. 86 del Código Penal dice: "El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 2) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto."

 

La clave aquí es entender qué significa "atentar al pudor" considerando las fuentes históricas del Código Penal Argentino hasta la versión de 1921. Éste trabajo de 1993 resume varias posturas (punto 5.2.5, pg. 62  a 65).

Del análisis realizado por la comisión de reforma de 2014 (ver abajo), queda claro que la expresión, sinónimo de "abuso deshonesto", implica toda actividad sexual excepto el coito vaginal (violación), algunas de ellas, pudiendo resultar en embarazo de la víctima a pesar de no haber penetración (por ejemplo, introducción de semen con un dedo).

A esto se suma que en 1949 la Convención de Ginebra (revisada) incluyó la protección de mujeres "contra violación, prostitución forzada y cualquier forma de atentado al pudor.": queda claro que son tres casos distintos.

Entonces, la violación y el atentado al pudor son dos instancias distintas que se realizan sobre una persona "idiota o demente".

 

El texto pierde sentido si se fuerza la lectura inventando una coma imaginaria: "si el embarazo proviene de una violación ( , ) o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente.":

 

a) Considerando el fin eugenésico discutido en el Senado antes de aprobar la ley, ¿por qué el legislador usaría la palabra "violación" para cualquier mujer, y "atentado al pudor" sólo para una "idiota o demente"?

¿Es que ésta última no podía abortar si fuese violada y sólo si fuese atentado su pudor?

Viceversa: ¿por qué se excluiría del aborto a una mujer normal que haya sufrido atentado al pudor? ¿sólo porque no hubo coito?

 

b) Al agregarse, "En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto." Si los legisladores hubieran querido separar ambos casos, hubieran puesto "En ese último caso".

 

c) Si "en éste caso" sólo se refiere al atentado al pudor ¿es lógico requerir el consentimiento del representante legal sólo para ése caso pero no para la violación de "idiota o demente"? ¡No tendría sentido!

 

Como esto es patente, ¿qué hicieron los verdugos de la Corte para aprobar el aborto por violación? Inventaron que tanto "violación" como "atentado al pudor" eran sinónimos de coito forzado, sólo que lo primero era aplicable a mujeres "normales" y lo segundo, a mujeres dementes.

 

Un juez debe guiarse no sólo por el texto escrito sino por lo que quisieron realmente decir quienes lo redactaron: el espíritu de la ley. Para ello se suele recurrir a la lectura de los anteproyectos, los debates de los legisladores, los diccionarios de la época, la jursiprudencia, etc.

 

Como TODO eso, por unanimidad, impedía aprobar la despenalización del aborto procurado, los verdugos decidieron redefinir el significado de los términos según su propia invención: ni siquiera podían utilizar algún diccionario actual. ¿Desde cuándo la Corte Suprema tiene derecho a avasallar a la Real Academia Española y las Academias Nacionales de Habla Castellana para inventar el significado de las palabras?

 

Incluso considerando válida ésta redefinición aberrante de términos, no tendría sentido el texto:

 

a) ¿por qué habría el legislador utilizado dos términos y dos casos, cuando bastaba poner que se despenalizaba "si el embarazo proviene de una violación", sin hacer mención alguna al caso de demencia?

 

b) ¿Por qué requeriría aprobación del representante legal para el caso de una demente y no para otros tipos de incapacidad civil, por ejemplo, por ser menor de edad?

 

c) ¿Por qué quita la patria potestad a los padres o representante legal, si la mujer es menor de edad, pero no si es demente? ¿Qué norma justificaría que la auto-determinación de una menor a abortar la emancipa de hecho? ¡Ningúna!

 

Se mire por donde se mire, el fallo unánime de F.A.L. no sólo demuestra activismo judicial, sino ineptitud total para comprender el significado de las palabras, la interpretación de un texto, el uso de la lógica en la lengua castellana, y ni hablar de aplicar la ley escrita y buscar la justicia.

 

Por si eso no bastara, cabe agregar que:

 

1. El aborto eugenésico es inmoral, neonazi

 

2. La ciencia demostró que una "idiota o demente" generalmente tiene hijos que no lo son

 

3. TODO el derecho (nacional o internacional) reconoce a todo discapacitado la misma dignidad y derechos que todo ser humano, ¡incluso más derechos!

 

4. La despenalización del artículo 86 inc. 2) quedó tácitamente derogada con la firma de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1969, entrando en vigor en 1978, e incorporada a la nueva Constitución de 1994, promulgada en 1995.

 

Es de locos no sólo el fallo FAL, sino que la comisión de reforma del Código Penal POR UNANIMIDAD haya elegido seguir semejante aberración jurisprudencial que atenta contra los derechos humanos más básicos, no sólo contra la vida sino contra la no discriminación del discapacitado.

 

El fallo FAL, salió FALLIDO y FALAZ:

·         Fue un caso en abstracto porque ya se había practicado el aborto: ya no era necesaria la opinión de la Corte.

·         La chica de 15 años no era "idiota o demente", con lo cual no encuadraba en la supuesta excepción del Código Penal.

·         Por más que se retuerzan las palabras del Código Penal no se puede deducir que despenalizara el aborto en una mujer violada que no sea "idiota o demente".

·         La Corte no tiene potestad para violar la Constitución:

o   La Corte no puede violar la Constitución y tratados internacionales de rango constitucional, legalizando el aborto por violación

o   La Corte no tiene potestad para crear "leyes-fallo"

o   Sólo el Poder Legislativo tiene derecho a cambiar el Código Penal. La Corte no tiene derecho establecer una pena de muerte, y menos a un inocente.

o   La Corte no puede legislar un nuevo "derecho a abortar" y menos un "derecho" anti-constitucional a ejecutar una las víctimas de la violación (el bebé por nacer).

o   La Corte no tiene potestad para establecer que la persona comienza a las 12 semanas de gestación.

o   La Corte no puede promover la violación del art. 2 de la Constitución: "El Gobierno Federal SOSTIENE la religión Católica".

o   Se deniega el derecho a la objeción de conciencia a las instituciones médicas que no quieran abortar.

o   Se fuerza a los contribuyentes a ser cómplices indirectos, al no permitirse la objeción de conciencia impositiva evitando que los fondos se usen para financiar ése crimen.

o   La Corte no tiene potestad de gobernar sobre el Poder Ejecutivo o Legislativo, exhortando que establezcan un protocolo de abortos no punibles, que además violar la Constitución promoviendo el asesinato de la víctima:

§  Niega a la madre el derecho al consentimiento informado (ver inicio de éste artículo todas las consecuencias del aborto para la madre)

§  Da derecho al violador a seguir abusando de la víctima, al no establecer asistencia social y policial a la madre, a fin de prevenir una futura violación, sobre todo cuando el violador es de su entorno familiar (el 99,99% de los casos)

§  Da derecho al violador a ejercer aún más violencia, al obligar a la víctima a abortar, sobre todo si vive bajo su tutela y volverá al hogar después del aborto: el formulario al menos debiera preguntar si la madre siente alguna presión para abortar (amenazas directas o veladas, miedo a enojos en el entorno) o bajo qué condiciones querría dar a luz al bebé, al menos para adopción (por ejemplo, ser trasladada a otra casa, garantizar alimentos para su familia, trabajo, pasaje de vuelta a su hogar materno, protección policial, evitar venganza del violador, encerrarle, adopción de la madre si es menor, etc.).

§  Busca la impunidad total del violador

·         Exime de denunciar al violador

·         No facilita la denuncia (por ejemplo, en el formulario para el acceso al aborto)

·         Busca destruir la prueba más fehaciente: el cuerpo de una de las víctimas (el ADN del bebé): no se exige preservar el cuerpo.

 

¿Cómo es que no se alzaron las voces de todas las academias del derecho, los colegios de abogados, la Federación Argentina de Colegios de Abogados, las asociaciones de magistrados, la Asociación de Mujeres Juezas de la Argentina?

¿Por qué no reaccionó el Ministerio público, las fiscalías, las defensorías del pueblo, de menores, incapaces y ausentes?

¿Cómo no se inició juicio político inmediato contra esos jueces-asesinos que no entienden ni siquiera el castellano?

¡Ni una condena en los grandes medios masivos! ¡Sólo loas para cuando se murieron esos jueces asesinos!

¡El corporativismo abortista judicial-legislativo ha realizado un golpe de estado ante nuestras narices!

¡Sólo la Corporación de abogados Católicos fue una voz en el desierto de la injusticia!

 

Sólo una "simpatía" por el aborto o ignorancia podría explicarlo. Pero a partir de éste petitorio lo saben, con lo cual sólo queda una explicación: complicidad.

 

No es casualidad que Zaffaroni, luego de haber sostenido el activismo judicial en la Corte Suprema (y no sólo con el caso FAL), lo haya seguido haciendo en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), imponiendo a Costa Rica y demás países el matrimonio homosexual.

 

En vez de hacerle juicio político por haber operado prostíbulos junto a su pareja masculina, Macri lo recompensa con el cargo de Juez de la CIDH… ¿por legalizar el aborto y hacerle el trabajo sucio sin tener que pagar el costo político?... Macri se rasgó las vestiduras por Zaffaroni y pidió su dimisión, no por su activismo pro muerte, sino por osar criticar su Gobierno.

 

Favor de firmar:

 

http://www.citizengo.org/es/fm/143000-corte-interamericana-avala-gaymonio

 

http://www.citizengo.org/es/40991-reprueben-al-juez-zaffaroni

 

Tampoco es casualidad que la corporación judicial-legislativa ampare a otro Juez-verdugo:

"el juicio político promovido hace un año al presidente de la Corte, doctor Lorenzetti, por Elisa Carrió, disponible en la página web de la legisladora en un fundado documento de 84 páginas con 23 acusaciones por mal desempeño y delitos comunes, está durmiendo en el Congreso y ningún fiscal se ha preocupado por investigar los delitos comunes. La legisladora también lo denunció por otro hecho ante la doctora Servini, pero pasó un año sin novedades. Que exista una acusación de tal envergadura, que los legisladores la cajoneen, que la sociedad, los medios y las instituciones no reclamen, que ningún fiscal investigue, que Servini la mantenga en standby y, lo que es peor, que el Gobierno se aproveche de esta situación y se despegue de la acusación ¡alegando no haberla leído! son síntomas de un país institucionalmente muy enfermo. Es grave que el interesado no intente aclarar esta lamentable situación que lo descoloca a la hora de resolver temas candentes del Gobierno; ningún magistrado puede quedar impávido en esta situación, y el presidente de la Corte, menos. Esta acusación congelada interpela al país: ¿qué imagen proyectan nuestras instituciones y nuestro Poder Judicial?, ¿será necesario que se interponga una denuncia ante la Justicia para forzar a los fiscales a actuar?"

 

 

Despenalizar es legalizar… la violencia contra la mujer

 

¿Están a favor de matar bebes ya nacidos en forma legal, segura y gratuita? No. ¿Por qué? Por las mismas razones por las que no se puede estar a favor del aborto: no se puede asesinar impunemente a un inocente. Impune significa sin pena y por eso es necesario severísimas penas por aborto.

 

Como vimos en "Aborto por violación", protocolos que derivaron del caso FAL garantizan un "derecho" del violador a seguir violando a la víctima y a rematar su crimen con la mayor violencia que se pueda ejercer sobre una madre (matarle al hijo), y la mayor violencia sobre una víctima: la pena de muerte al bebé por nacer. ¿Por qué se ejecuta al bebé por el crimen de su padre?

 

Llama la atención el silencio cómplice de las feministas y de los organismos que declaman velar por los derechos humanos.

 

Hipócritas que dicen preocuparse por la violencia contra la mujer, mientras buscan ejercer la mayor violencia sobre ella: que se pueda matar a su hijo contra su voluntad y que se encubra al abusador, para que siga violándola cómodamente en su casa.

 

El aborto es el asesinato de un ser humano inocente y es la mayor de las violencias contra la mujer, no sólo contra la mujer por nacer, sino contra su madre porque se le niega el derecho al consentimiento informado sobre las gravísimas consecuencias biológicas, epidemiológicas, mentales y espirituales que sufrirá tanto ella como sus hijos futuros, si es que no murió por el aborto "legal" (que mata igual) o quedó infértil de por vida.

 

¡Penalizar el aborto reduce la violencia contra la mujer y la mortalidad materna! Todo en la cultura de la muerte, es exactamente al revés de lo que declaman. Quien busca penalizar, busca salvar la vida de la madre y del hijo.

 

Despenalizar el aborto es decretar pena de muerte al bebé y a su madre… y si ésta logra sobrevivir al aborto legal, es decretarle cadena perpetua, por las enfermedades y sufrimientos de por vida que éste implica.

 

Despenalizar el aborto es despenalizar el esclavismo: da poder de ejecutar al niño, tanto a la madre o tutor, como al verdugo disfrazado de médico, como si un ser humano fuese un animal, una cosa, tal como eran considerados los esclavos. La despenalización del aborto atrasa cuando menos 200 años en la doctrina de los derechos humanos.

 

Se sigue el protocolo como si fuera Ley Suprema, cuando en realidad es sólo una guía más en la web del ministerio de salud, que no obedece a resolución alguna, ni del ministerio, ni del gobierno. Justamente porque viola la ley, el protocolo no está firmado por los peces gordos sino por gente de rango bajo. El colmo de la guía sin legitimidad alguna es que amenaza con sancionar a quien no obedezca, incluso denegando el derecho a la objeción de conciencia, que deriva de la Constitución (arts. 14 y 19) y de los tratados internacionales de derechos humanos que la contemplan.

 

El caso FAL, abstracto e inconstitucional, no está por encima de las Constituciones Provinciales que defienden la vida desde la concepción. Al despenalizarse ese delito por via interpretativa de la Corte Suprema, o en un futuro, por via del Congreso Nacional, una provincia podría incluso legislar penas por aborto procurado, ya que si bien delegó la punibilidad, no delegó la impunibilidad.

Por el principio de subsidiariedad, si la entidad menor es más eficaz en defender la vida, tanto más debe reconocerle éste derecho la entidad mayor. En el peor de los casos podrían imponer sanciones como las de un código contravencional como el de C.A.B.A. (económicas, servicio comunitario, etc.).

 

Respecto al falso argumento de que despenalizar no tiene consecuencias porque no se encuentran abortos in fraganti. Sería el mismo que se usaría para despenalizar el tráfico de drogas, la trata de blancas, etc. Obviamente, las asociaciones delictivas buscan el anonimato pero siempre se logra detectarlas a través de seguimiento, escuchas, órdenes de allanamiento, y sobre todo denunciantes y arrepentidos.

En el tema del aborto, muchas veces son las madres de las mujeres que han muerto en un aborto las que los denuncian. Y aquí hay que mencionar el caso de Keila Jones, como tantos otros, que murieron en abortos "gratuitos, legales y seguros" provistos por el Gobierno Federal y Provincial.

 

Finalmente, algunos argumentan que despenalizar no es legalizar. Las consecuencias del caso FAL demuestran lo contrario, ya que se obliga al personal médico a hacer abortos contra su voluntad por considerar que un supuesto derecho humano a abortar está por encima del derecho a no ser cómplice de asesinato: https://www.pagina12.com.ar/91384-misoginia-sin-anestesia  (Impresionables: la primera foto es de una asesina impune, Stella Manzano es la que mató al bebé del fallo FAL y además defendió a Perramón, la "médica" asesina de Keila Jones).

 

Los anestesistas tienen razón. Una analogía: una banda de psicópatas entra a un hospital y pide a un anestesista que le suministre anestesia a uno de los psicópatas para que tranquilo pueda desmembrar viva a una víctima (a la víctima nada de anestesia). Eso es el aborto.

 

Es curioso que la médica asesina mencione el caso de abusadores y asesinos, justamente cuando la madre que aborta es abusadora y asesina de su propio bebé por nacer.

 

En ningún país civilizado se niega atención médica a un violador o asesino, incluso estando en la cárcel.

Una cosa es la deuda de la persona con la Justicia y otra menoscabar su dignidad como ser humano. Sin embargo, el comentario de la "médica" abortista podría indicar que piensa que son sub-humanos sin derechos humanos… ¡al igual que el bebé por nacer!

 

Hay que distinguir entre un crimen ya cometido y colaborar con cometer un crimen que se va a cometer.

Nadie niega atención médica a una madre que ya ha abortado. Lo que se deniega es colaborar con un abuso y asesinato que se va a realizar... y aún así dicen que el personal médico no tiene otra opción que convertirse en cómplices de asesinato.

 

Silvina Spataro de CitizenGo:

En el 2015 la Academia Nacional de Medicina se pronunció respecto a la obligación de aplicar dicho protocolo en todas las instituciones sanitarias tanto públicas como privadas:

"Esto atenta contra principios consagrados por la Constitución Nacional Art. 19: Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe".

Con este protocolo inconstitucional, se busca obligar a "hacer lo que no manda la ley", ya que se proclama como "derecho" lo que constituye un delito.

 

Conclusión: despenalizar no es legalizar, obvio. Una cosa es quitar la pena y otra legislar un derecho. Sin embargo, sí es legalizar de facto, porque incluso la Corte Suprema se agarró de la despenalización para "legislar" la "Interrupción legal del embarazo" (ILE) como un derecho legal.

 

 

La democracia falla como en tiempos de Hitler

 

Macri, siendo jefe de gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, puso a disposición hospitales para su implementación en 2012. A través de la resolución 1252 del Ministerio de Salud porteño, se estableció el procedimiento aplicable para las prácticas de abortos "no punibles" en la Ciudad de Buenos Aires. El entonces Cardenal Bergoglio calificó de "lamentable" reglamentar los abortos no punibles en la Ciudad.

·         Bergoglio considera "lamentable" reglamentar abortos no punibles en la Ciudad

·         Clarín: Aborto no punible: la Ciudad puso 5 hospitales a disposición para realizarlo

·         La Nación: Macri anunció que el martes se practicará el primer aborto legal de la Ciudad

 

Otros gobernadores hicieron lo mismo, pero hubo excepciones: La Pampa no acató. Mendoza archivó el proyecto. En Córdoba un amparo logró frenar el protocolo por inconstitucional: ¡se podría replicar en cada provincia!

 

En 2015:

·         9 no tenían protocolo: Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, Tucumán

·         8 sí tenían protocolo para asesinar bebés pero con algunas formalidades: CABA (requisitos suspendidos por orden judicial), Córdoba (suspendido parcialmente por orden judicial), Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Buenos Aires, Río Negro y Salta.

·         8 con protocolo completo: Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego. Misiones tendría abortos para discapacitadas, directamente violando la ley.

Fuente (abortista): http://despenalizacion.org.ar/pdf/publicaciones/ADC-Acceso-al-aborto-no-punible-Marzo-2015.pdf

 

Massa también es abortista: "somos el primer municipio (Tigre) que hizo un aborto terapéutico. Somos los únicos que podemos mostrarlo. El problema es que acá hay muchos que lo que agarran es la banderita y se ponen a gritar y a declamar consignas. Nosotros resolvemos prácticamente, que es la forma de ocuparse realmente de la gente" (Diario Perfil, 4/08/2013).

Está a favor del aborto por violación: "Por un lado tenemos las situaciones de los abusos, las violaciones, que ya hoy están prescriptos en la ley; eso tiene que ver con garantizar la vida de aquellas personas que son víctimas de violaciones; en paralelo tenemos que resolver con libertad y sobre todas las cosas apelando individualmente a la conciencia de cada uno de los legisladores" (N.deR.: La violación seguida de embarazo tiene dos víctimas).

 

Después del P.O., socialistas, Stolbizer y Frente para la Victoria (incluyendo a Cristina de Kirchner) eran la peor opción en cuanto a la defensa de la vida:

http://www.argentinosalerta.org/noticia/2609-buenos-aires-los-candidatos-que-si-estan-favor-del-aborto

 

 

Al principio la regla era que "cuanto más de izquierda es un partido tanto más abortista", hasta que llegó Macri: ahora todos los partidos nacionales son abortistas, excepto tal vez la Democracia Cristiana (aunque no hicieron nada concreto a favor de la vida y su líder no quiere definir cómo votará el Código Penal, con lo cual por prudencia los seguimos considerando abortistas).

 

Cuando un político dice que es provida, no hay que confiarse:

 

- Las abortistas también dicen que están a favor de la vida (pero no aclaran que sólo de las madres en abortos clandestinos)

 

- Las que apoyan la fecundación artificial también dicen que están a favor de la vida, a pesar de que cada bebé de probeta nacido implica matar otros 25.

 

Debe hacérseles preguntas concretas:

 

¿Votará a favor del nuevo Código Penal que despenaliza el aborto y la mal llamada eutanasia?

 

¿Cree que abortar puede llegar a ser un derecho en algún caso?

 

¿Avala que la vida y los derechos humanos comienzand desde la concepción?

 

¿Bloqueará la actual distribución de abortivos como el misoprostol y la píldora del día después en su provincia? ¿Por qué no lo hizo antes?

 

¿Sabía que, salvo los barrera sin espermicida, todos los anticonceptivos son abortivos? ¿qué va a hacer al respecto?

 

¿Qué hizo para hacer juicio político a los jueces de la Suprema Corte y por bloquear los efectos del fallo FAL?

 

Se sorprenderán con las respuestas.

 

 

Todos fallamos ante éste fallo

 

Si bajo orden presidencial, el ministerio de salud implementara una guía para asesinar a los hijos ya nacidos, ¿cuál sería la reacción de la gente y los votantes? ¿Por qué la diferencia con los no nacidos?

 

Tanto autoridades como ciudadanos debieran haber tenido el fallo como inexistente, nulo de nulidad absoluta y además aplicado todos los contrapesos del sistema republicano para solucionar tremenda injusticia… y sin embargo falló todo (lo cual habla de la necesidad de reformar la Constitución para que no vuelva a ocurrir).

 

El Poder Ejecutivo debiera haber destituido a todos los funcionarios vinculados al protocolo.

¿Curioso? Macri tiene "agallas" para no cumplir un fallo de la Corte Suprema que es justo (coparticipación a provincias no Macristas), pero sí cumple a rajatabla cuando se trata de abortar bebés, a pesar de ser un fallo inconstitucional.

 

Las fiscalías debieran haber iniciado causas contra los Jueces y presidente y gobernadores que hicieran apología del delito o implementaran el protocolo. Recordemos que "el Ministerio Público Fiscal es un órgano independiente dentro del sistema de administración de justicia. Se encuentra a cargo del Procurador o de la Procuradora General, que es propuesto o propuesta por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Congreso de la Nación. Es independiente incluso del Poder Judicial."

 

Las defensorías debieran haber defendido a los menores e incapaces. Los legisladores debieran haber hecho juicio político y destituido por incumplimiento delos deberes de funcionario público y por inacción en la defensa de derechos humanos fundamentales a:

·         los jueces

·         los fiscales

·         los defensores de menores e incapaces

·         los defensores del niño

·         los defensores del pueblo

·         los legisladores que no hicieran juicio político

·         presidente y gobernadores que implementaran el protocolo

·         médicos y personal de la salud que actuaron bajo el protocolo

 

El artículo 119 de la Constitución Nacional dice: "La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra la ella o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro". Los abortistas están trabajando al servicio de los enemigos de la patria (colonialismo cultural masónico), muchos, cobrando dinero extranjero.

 

 

#QueSeVayanPresosTodos

 

Casi todos nuestros políticos y jueces son traidores a la Patria: Macri, Cristina Kirchner, Carrió, Massa, Lousteau, Donda, todo el Frente para la Victoria, el peronismo, etc.

http://www.argentinosalerta.org/noticia/2609-buenos-aires-los-candidatos-que-si-estan-favor-del-aborto

https://www.infobae.com/politica/2017/08/12/aborto-marihuana-y-edad-de-imputabilidad-que-piensan-los-principales-precandidatos/

Entre los firmantes del proyecto de 2018 para legalizar el "derecho" a matar a un hijo: Martin Lousteau, Máximo Kirchner, Daniel Filmus…

 

En 2017, Ovidio Pérez Morales dijo: "El primer culpable del desastre que tenemos en Venezuela es la Fuerza Armada porque tiene las armas y no se ha cuadrado con la Constitución y el pueblo, sino con un gobierno que es ilegítimo e inconstitucional, y con un proyecto que está contrario a la carta magna, el cual va de la mano con un modelo dictatorial".

Hace referencia a mandatos de la Carta Magna (también sostenidos por la Constitución Argentina): Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia. El pueblo … desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

La Fuerza Armada es "la que tiene el poder de las armas y la defensa de la República para beneficio del pueblo (contra) un régimen que está sostenido por la violencia"… "su primera obligación es con el pueblo y está llamada constitucionalmente a defender la vida de todos"… pero "el Estado se lo está restregando al soberano (el pueblo)"

 

Conclusión: sin darnos cuenta fuimos víctimas de un golpe de estado "civil" y masónico que robó la democracia a los Argentinos, violando los derechos fundamentales y amparándose en un corporativismo político y judicial. Aunque no nos demos cuenta, vivimos en una dictadura cuyas manos están ensangrentada con cientos de miles de desaparecidos. Debe ser derrocada sea como sea: si fracasan las vías pacíficas, incluso por la fuerza. Caso contrario, las fuerzas armadas son también parte de éste golpe anti-democrático.

Es necesario que alguien restaure la democracia republicana y haga respetar la Constitución, mandando a juicio a todos los cómplices de éste genocidio y llamando a elecciones a nuevos partidos nacionales con candidatos sin trayectoria, ya que casi todos actuales representantes y funcionarios estarán presos por estos crímenes de lesa humanidad y estarán inhabilitados para cualquier cargo público.

 

El mensaje de arriba del 27/12/2017 se refiere a los hospitales de  Santa Rosa, La Pampa.

 

La total impunidad actual demuestra que es falso el argumento de que no hay que hacer nada por miedo a un fallo adverso de la Corte Suprema, dado que de facto ya estamos con aborto libre.

 

 

Macri: genocida número uno

 

Albert Einstein: "El peor enemigo de la verdad es una fe ciega en la autoridad"

 

Macri dice a sus legisladores que respecto al aborto, los autoriza a debatir y votar en conciencia. Esto significa: "voten como quieran por leyes que violan la Constitución y los derechos humanos, no me importa si mueren miles de inocentes."

 

Las abortistas se quejan que el misoprostol (Oxaprost) es caro porque Laboratorios Beta tiene un monopolio amparado por el Estado (la comisión de defensa de la competencia no hace nada). La ANMAT no lo cierra a pesar de que la droga se usa para lo que no está autorizada: abortos. ¿Quién es el dueño del laboratorio? Gregorio (Goyo) Zidar, vicepresidente de Boca, amigote de Macri. Macri mismo llamó para evitar una clausura del laboratorio por serias irregularidades. El perro no muerde la mano de quien le da de comer. A buen entendedor pocas palabras. Ojalá algún Juez (¿Servini de Cubría?), fiscal o periodista encuentre la ruta del dinero entre el laboratorio Beta o Zidar hacia Macri/Pro.

 

Macri ha mantenido una continuidad "gradualista" con casi todas las políticas Kirchneristas, menos con el aborto: lo ha incrementado.

 

1. La frutilla del postre:

 

1.1. Legalización

 

Macri pide que se trate el aborto en 4 comisiones. ¿A quién eligió para presidir la comisión que presentará los resultados de las demás? ¡a un abortista! Daniel Lipovetzky: ""Las mujeres que reclaman aborto legal también están a favor de la vida"

 

 

2.2. Despenalización

 

Rechazo al nuevo Código Penal abortista

#NoalCódigoAbortista     #NoaReformaAbortista     #NiUnaMenos      #PoderDecirNiUnaMenos     #VivasNosQueremos     #NadieMenos     #Ni1Menos      #NuncaMas      #LosNuevosDesaparecidos     #LosNuevosNN     #QuelaReformaProtejaMiVida      #CuidaMiVida      #ReformaCodigoPenal      #EligeSiemprelaVida      #AbortarEsMatar      #QueSeVayanTodos     #ChauTriaca     #ChauZaffaroni     #ChauCodigoZaffaroni     #VivirNoEsDelito     #abortolegalseguroygratuito     #aborto_ilegal_letal_y_carísimo

A instancias del Presidente Macri, y a espaldas del pueblo, se está cocinando la mayor reingeniería social de la historia argentina, que costará millones de vidas a lo largo de décadas.

 

A poco de asumir, Macri pidió a 13 expertos, adictos del gobierno o poder, que elaboraron un proyecto de ley para modificar el Código Penal: siguiendo sus instrucciones, incluyeron la legalización del aborto por despenalización, de acuerdo al caso F.A.L. (leer El fallo FALLADO) que, violando la constitución, lo permitió:

§  en caso de violación, sin obligación de denunciar al violador, con lo cual se protege al abusador que obliga a abortar a la víctima, o la mujer puede inventar violación para ocultar cualquier motivo

§  por "peligro para la salud mental de la mujer embarazada", dentro de lo cual entra cualquier excusa, incluyendo "salud anímica", por ejemplo, si cree mejorar su ánimo luego de asesinar al hijo.

 

¡Esto significa aborto libre!

 

 

¡Lo más increíble es que en 2016 dijo que no iba a despenalizar el aborto! Sin embargo, dijo que iba a seguir aplicando los protocolos anticonstitucionales para asesinar ilegalmente bebés con nuestros impuestos.

 

De no movilizarnos, todos los partidos políticos lo aprobarán. Quedan pocas semanas para la aprobación despótica del proyecto de reforma del Código Penal y aún no se divulga el texto final. ¿Por qué se rechaza un amplio debate transparente, teniendo en cuenta la voluntad popular, nuestras raíces, la continuidad histórica de nuestra legislación y jurisprudencia, la razón y la ciencia?

 

Las leyes afectan a todos, y por eso mismo, todos debieran poder participar del debate, más aún si son leyes fundamentales para el orden jurídico y social que no se incluyeron en la campaña electoral.

 

Se está usando la reforma como caballo de Troya para ocultar una ley, la legalización del aborto, basada en un fallo-ley inconstitucional de la Corte Suprema (que además no tiene facultades para legislar). Hipócritas que no van de frente para no tener que debatirlo en las elecciones porque saben que el pueblo no vota el asesinato de inocentes. Esto es un crimen de lesa humanidad. ¿Acaso creen que van a escapar de la Justicia?

 

 

Se solicita que no se apruebe ésta reforma del Código Penal:

 

a) Por despenalizar el aborto procurado, decretándose de facto la esclavitud y pena de muerte a un inocente.

 

b) Por no incluirse el aborto procurado como delito de lesa humanidad, en especial, para funcionarios y personal médico (aunque surge de la normativa vigente, es mejor que quede bien explícito).

 

c) Por no incrementar las penas por violación del derecho al consentimiento informado, sobre toda recomendación o acción "médica" (incluyendo técnicas de fecundación artificial que redundan en la destrucción de embriones) o farmacológica (abortivos), que pone en riesgo la vida de la madre y/o del niño por nacer, desde la concepción.

 

d) Por no incrementar las penas por aborto procurado, pudiéndose negociarlas para delatar a todos los cómplices del aborto, incluyendo a quien pudiere denunciarlo o impedirlo, a fin de perseguirlos por homicidio y así terminar de una buena vez con los abortos, tanto clandestinos como falsamente legales.

 

e) Por no establecer fuertes penas por "abandono a la mujer embarazada", que debieran ser proporcionales a la proximidad de parentesco de consanguinidad, de afinidad o civil.

 

f) Por no establecer fuertes penas por apología del delito a todo quien promoviera la figura de aborto procurado, incluso llamando a debatir su despenalización o a dejar en conciencia votar tanto su despenalización como su legalización.

 

g) Por permitir la persecución política o ideológica, al incluir la "Responsabilidad penal de las personas jurídicas" (y órganos de las mismas), incluyendo el decomiso, para todos los casos de delitos dolosos o imprudentes, bajo excusas ilegítimas como a) violencia contra la mujer, por rechazar un supuesto "derecho humano a abortar", b) odio y discriminación contra el colectivo LGBT…XYZ, por promover el matrimonio heterosexual, desconocer el homosexual, por criticar el homosexo, por negarse a proveer bienes o servicios, a cupos, o a endoctrinamiento forzoso de alumnos, empleados, proveedores, accionistas y clientes, etc.

 

Asimismo, a fin de minimizar los abortos clandestinos, quiero realizar algunas propuestas:

 

1) Una ley prohibiendo el misoprostol en la Argentina, ya que:

 

- está siendo utilizado en forma ilegal por el gobierno nacional y los gobiernos provinciales

 

- se está distribuyendo en forma ilegal en farmacias y por la web

 

- existe un monopolio ilegal amparado por el gobierno nacional, siendo el dueño del laboratorio probable contribuyente de Pro

 

- existen drogas de última generación más efectivas y con menos efectos adversos para su uso alternativo legítimo (fuera del aborto, como úlceras gástricas o inducción de parto a término)

 

2) Una ley de adopción pre-natal, que facilite a los padres adoptivos apoyar económicamente a la madre por lo menos hasta el parto, y facilite el amamantamiento, y en caso de no llegar a término, el bautismo en sala de partos.

 

3) Una ley de consentimiento informado, sobre todo previniendo el aborto.

 

4) Una ley que facilite los juicios de acción de clase o acción colectiva, sobre todo para casos de aborto o abortivos.

 

5) Una ley, exigiendo estadísticas y reconociendo identidad desde la concepción (dando partida de nacimiento a padres de niños por nacer que no lleguen a término, vivos o no) y el derecho a entierro digno (en vez de ser arrojados junto a residuos patológicos).

 

6) Una ley que especifique que la Asignación Universal por Hijo comienza desde la concepción (aunque ya fue solicitado a la ANSES y queda claro con la normativa vigente, el Gobierno no lo respeta).

 

7) Una ley de protección de la mujer embarazada:

 

http://www.argentinosalerta.org/noticia/3400-49-legisladores-firman-proyecto-proteccion-integral-de-derechos-mujeres-embarazadas-y-nino-por-nacer

 

8) Una ley que quite los beneficios por maternidad por aborto procurado (por ejemplo, una ley salteña otorga días libres por interrupción del embarazo, sin especificar que es sólo por aborto espontáneo) 

 

ADVERTENCIA para quienes colaboren con éste Código Penal: no deben comulgar porque ya están excomulgados. El Código de Derecho Canónico (#1398) establece que "Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae", es decir, instantánea, sin juicio previo, lo cual implica auto-condenación al infierno eterno, a no ser que se arrepienta antes de morir, con propósito de corregir el error y de confesarse sacramentalmente lo antes posible. En la Encíclica Evangelium Vitae (n. 62), Juan Pablo II escribe: "La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena, incluidos también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido". Queda claro que despenalizar el aborto procurado es cooperar para que se puedan producir.

 

Más información:

 

https://www.justicia2020.gob.ar/wp-content/uploads/2016/09/texto-final-del-proyecto-reforma-CPP.pdf

basado en:

http://archivo2016.justicia2020.gob.ar/wp-content/uploads/2016/07/CPPF.pdf

 

http://www.telam.com.ar/notas/201801/239310-analizan-incorporar-el-peligro-para-la-salud-mental-de-la-mujer-como-causa-de-aborto-no-punible.html

 

https://www.justicia2020.gob.ar/hacia-codigo-penal-posible-logico-moderno/

 

http://www.notivida.org/boletines/1074_.html

 

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/383/texact.htm

 

 

Análisis jurídico de la reforma al Código Penal

 

En 2014 era clara la postura que distinguía entre violación y atentado al pudor:

 

Artículo 126º: Violación

 

Correlaciones: art. 252º a 255º Cód. Tejedor; arts. 269º a 272º, 285º Proy 1881; art. 127º (aunque el acto no llegue a consumarse); art. 128º (mayor pena si la mujer fuese casada (inc. 1º), menor pena si fuese prostituta (inc. 4º), como en textos anteriores), Cód. 1886; arts. 146º, 148º, 149º y 151º Proy. 1891, el art. 148º imponía una pena menor al que "abusare del error de una mujer casada, fingiéndose su marido y tuviere con ella comercio carnal"; art. 162º, 165º, 166º Proy. Segovia, y  art. 164º que imponía la pena del estupro en el supuesto del art. 148º del Proy. 1891; el art. 19º de la Ley 4.189 modifica los arts. 127º a 138º del Cód. 1886, para este delito v. Art. 19º a), c), d) y e); art. 121º, 123º, 124º y 126º Proy. 1906; arts. 119º (acceso carnal con persona de uno u otro sexo […]), 121º, 122º y 124º Proy. 1917; arts. 119º, 121º, 122º y 124º Cód. 1921; art. 160º, 161º, 162º (mediante engaños consistente en sustituirse a otra persona) Proy. 1937; arts. 186º ("al que, fuera del matrimonio o del concubinato, tuviere acceso carnal con otra persona, en los casos […]".), 187º, 197º y 198º (substitución de persona) Proy. 1941; art. 108º, 109º (sustitución de persona), 111º y 113º Proy. 1989-90; art. 154º Proy. 2006.

La vigente regulación de los delitos llamados sexuales ha sido sancionada con imperfecciones técnicas que permiten la introducción de criterios arbitrarios, poco respetuosos del principio de estricta legalidad, al mismo tiempo que dejan lugar a lagunas de impunidad o lenidad graves, al menos por vía de interpretación.

 

Se ha buscado, por un lado satisfacer al máximo el principio de legalidad y, por otro,  cubrir toda posible laguna de impunidad y lenidad en su tratamiento.

En este inciso se redefine claramente el concepto de violación, sin ahorrar palabras y si  volver al empleo de la voz acceso, que ha sido materia de las conocidas controversias.

Se emplea la palabra coito, que es ayuntamiento y, para mayor claridad y evitar futuras controversias, se aclara que puede ser por vía vaginal, anal o bucal.

Las circunstancias son las dos clásicas:

a) La violencia o intimidación, es decir, la violencia real o ficta.

b) Cuando la víctima no haya podido consentir, comprender o resistir, por cualquier causa que fuere, sin limitación de fuentes (inconsciencia, incapacidad, error, ignorancia, sorpresa, etc.).

El supuesto de la llamada violación impropia, es decir, cuando la víctima es menor de trece años, donde no son necesarias las condiciones de los dos incisos anteriores y el delito se comete aunque mediare el consentimiento de la víctima, se ha considerado que es conveniente —para mayor protección del menor- someterlo a una escala penal agravada, por lo cual se lo considera entre los supuestos de mayor gravedad.

Se ha entendido que la redacción que se propone para el tipo básico evita los equívocos y discusiones anteriores, sin dejar espacios de duda.

En todos los casos la pena oscila entre seis y quince años de prisión.

En el inciso 2º el máximo de la pena de prisión se eleva hasta diez y ocho años, en cinco supuestos expresados con claridad. La novedad consiste en la ya señalada inclusión del coito con menor de trece años entre las formas más gravemente penadas.

 

 

Artículo 127º: otros abusos sexuales

 

Correlaciones: arts. 273º a 275º, 285º Proy. 1881 (atentado al pudor); art. 152º y 153º Proy. 1891 (abuso deshonesto o ultraje al pudor); art. 167º Proy. Segovia (al que abusare deshonestamente de persona de uno u otro sexo sin que haya cópula, tratándose de mujer honesta, mayor de doce años y menor de quince cumplidos, siempre que no se configurasen las circunstancias del delito de violación) y art. 168º (al que por fuerza o intimidación obligare a sufrir un concúbito ilegítimo, o a cometer o a sufrir otro acto impúdico con un tercero); art. 19º f) Ley 4.189 (Cód. 1903); art. 130º Proy. 1906; art. 127º Proy. 1917; art. 127º Cód. 1921; art. 163º Proy. 1937; arts. 187º (actos libidinosos violentos) y 188º (substitución de persona) Proy. 1941; art. 114º (abuso deshonesto) Proy. 1989-90; art. 155º Proy. 2006.

Este artículo tipifica lo que siempre han sido los llamados abusos deshonestos, pero precisa su alcance, conforme a como lo ha entendido tradicionalmente nuestra doctrina: debe tratarse de actos de contenido sexual; deben ser distintos del coito; no deben perseguir ese fin (pues sería tentativa calificada de violación); abarca tanto la realización de la acción por parte del agente como la conducta de obligar a la víctima a realizarlos.

La pena de la figura simple es de uno a seis años.

Siempre se ha observado que existen abusos deshonestos particularmente graves.

Se llamó la atención con la discusión acerca del coito oral, que en el proyecto queda fuera de consideración por configurar violación, pero existen otros actos que son singularmente graves.

En principio son los que se cometen con las agravantes comunes a la violación (inciso 2º del artículo 126º).

En segundo lugar, cuando los actos consistan en la introducción vaginal o anal de objetos o miembro no sexual.

En ambos casos la pena oscila entre dos y diez años de prisión.

 

"A 100 años del Proyecto del vigente Código Penal de Rodolfo Moreno (h)" Por Mariano Hernán Borinsky y Juan Ignacio Pascual:

 

22.3) En cuanto al aborto no punible, se mantienen las causales contempladas en el actual art. 86º, pero con una redacción superadora que recepta la jurisprudencia de la CSJN (Fallo: "F.A.L."), para el caso que el embarazo provenga de un abuso sexual (se reemplaza la referencia a la "violación o de un atentado al pudor cometido sobre mujer idiota o demente"). Se aclara que queda incluido cualquier embarazo producto de un abuso sexual, para tratar de superar la discusión relativa a si se trata de uno o dos supuestos de aborto autorizado. También se tipifica el aborto imprudente —art. 87º, inc. 2 —, a excepción de aquél causado por la mujer embarazada, que no será punible.

En cuanto a la existencia de un permiso irrestricto para abortar (atipicidad de la conducta) durante una ventana temporal determinada, cabe recordar que el Proyecto 2006 previó esta posibilidad "Articulo 94º.- abortos excusables. No es punible la mujer cuando el aborto se practicare con su consentimiento y dentro de los tres (3) meses desde la concepción, siempre que las circunstancias lo hicieren excusable", a la que entendió como una cuestión que impidió el tratamiento del anteproyecto. Por su parte, el Proyecto 2012, en su exposición de motivos refirió: "La mayoría de la Comisión deja en claro que no abre ningún debate en torno de la posible ampliación del ámbito del aborto no punible, absteniéndose de pronunciarse al respecto en el presente anteproyecto, sin perjuicio de reservar cada uno de sus integrantes su personal opinión y considerar que la cuestión debe ser materia de una discusión separada. La experiencia nacional y comparada indica que cualquier alteración en este punto tiene el efecto negativo de obstaculizar e impedir la discusión general de la reforma, por lo cual se insiste en la necesidad de dejar el tema fuera de la discusión del código". En consecuencia, teniendo en consideración la sensibilidad social que reviste esta temática y de los anteproyectos que en la actualidad se encuentran en tratamiento, que resulta una cuestión que debe ser debatida de manera independiente y autónoma por el Congreso de la Nación. Por otro lado, se tipifican las lesiones ocasionadas al feto —art. 100º del C.P.— en resguardo del derecho de la mujer y del feto.

 

NOTIVIDA, Año XVIII, Nº 1075, 31 de enero de 2018:

La Comisión para la Reforma del Código Penal ha anunciado "una redacción superadora" del artículo 86º del Código en la que subsisten -e incluso se amplían- las causales de no punibilidad del aborto; lo que contradice las directivas del Poder Ejecutivo Nacional que había señalado en los Considerandos del Decreto N° 103/2017, que la Comisión deberá tener en consideración, al redactar el Anteproyecto, entre otras cosas, que "…los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL". Y la Constitución Nacional tutela la inviolabilidad de toda vida humana inocente desde el instante de la concepción.

Resulta pues ineludible que se supriman las excusas absolutorias del artículo 86 del Código Penal de modo que sus disposiciones sean congruentes con los dispositivos constitucionales y con los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional, por una parte, y, por otra, se impida que su indebida y extemporánea aplicación siga cobrando vidas humanas inocentes.

 

Respuesta del Dr. Bach de Chazal:

 

es dable  señalar que, en lugar de "feto", en nuestro derecho resulta más adecuado hablar de "niño por nacer"[i] o "persona por nacer"[ii], entiendo que mantener las causales contempladas en los dos incisos de la segunda parte del artículo 86 del Código Penal receptando la nada feliz jurisprudencia del caso "F., A.L.", severamente criticada por la doctrina nacional[iii] e internacional[iv], constituye un verdadero retroceso, en cuanto consagra el avasallamiento del intangible derecho a la vida de seres humanos inocentes e indefensos, que normas de jerarquía constitucional, y, por ende, superiores a cualquier norma del Código Penal o fallo de la Corte, aseguran para todos los niños desde el instante de la concepción, a la vez que imponen al Estado la grave obligación de asegurar al máximo su supervivencia y desarrollo.

Es sabido que una golondrina no hace al verano, ni un fallo jurisprudencia, por encumbrado que sea su tribunal emisor. Máxime, cuando su doctrina contradice directamente la expresada en, al menos dos fallos anteriores del mismo tribunal. Me refiero a los casos "Portal de Belén" (Fallos 325:303) y "Sánchez, Elvira Berta" (Fallos 330:2304).

En el primero de ellos, luego de determinar que el comienzo de la existencia del ser humano desde la concepción, entendida como fecundación del óvulo por el espermatozoide (Considerandos 4° a 8°), la Corte expresó que:

12) Que esta Corte ha declarado que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional (Fallos: 302:1284; 310:112; 323:1339). En la causa "T., S.", antes citada este Tribunal ha reafirmado el pleno derecho a la vida desde la concepción (voto de la mayoría, considerandos 11 y 12 y disidencia de los jueces Nazareno y Boggiano). También ha dicho que el hombre es eje y centro de todo el sistema jurídico y en tanto fin en sí mismo -más allá de su naturaleza trascendente- su persona es inviolable y constituye un valor fundamental con respecto al cual los restantes valores tienen siempre carácter instrumental (Fallos: 316:479, votos concurrentes).

13) Que a partir de lo dispuesto en los tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22, de la Ley Suprema), este Tribunal ha reafirmado el derecho a la vida (Fallos: 323:3229 y causa "T., S.", ya citada).

14) Que los aludidos pactos internacionales contienen cláusulas específicas que resguardan la vida de la persona humana desde el momento de la concepción. En efecto el art. 4.1. del Pacto de San José de Costa Rica establece: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción". Además todo ser humano a partir de la concepción es considerado niño y tiene el derecho intrínseco a la vida (arts. 6.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 2 de la ley 23.849 y 75, inc. 22 de la Constitución Nacional). El Código Civil, inclusive, en una interpretación armoniosa con aquellas normas superiores, prevé en su art. 70, en concordancia con el art. 63 que "Desde la concepción en el seno materno comienza la existencia de las personas; y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos, como si ya hubiesen nacido".

En el segundo, se dijo que:

"…el art. 30 del Código Civil define como personas a todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obigaciones; mientras que el art. 63 señala como especie del género "persona" a las "personas por nacer", definiéndolas como aquellas que, no habiendo nacido, están concebidas en el seno materno" (Considerando 9°, al final)

Y que:

"el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva, y que resulta garantizado por la CN (doctrina de Fallos, 323-1339), derecho presente desde el momento de la concepción, reafirmado con la incorporación de Tratados internacionales con jerarquía constitucional" (dictamen de la Procuración General del 28/02/2006, compartido en el voto de la mayoría y expresamente hecho suyo por los Ministros Higthon de Nolasco y Eugenio Zaffaroni en su voto concordante).

Particularmente digno de mención es este último, en el que la composición de la Corte era la misma que luego (borrando con el codo lo que antes había escrito con la mano) dictó el pronunciamiento del caso "F., A.L. s/ medida autosatisfactiva".

Por lo demás, muchos de los firmantes del fallo "F., A.L." ya no integran el Alto Tribunal, y, al menos uno de sus nuevos integrantes, el Dr. Rosatti, ha sido sumamente crítico del mismo[v].

Adentrándonos más en la materia, cabe tener presente que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos que tienen jerarquía constitucional desde 1994, tutelan la inviolabilidad de la vida humana inocente desde ese mismo instante de la concepción, sin reticencias, cortapisas o modulaciones.

Como es sabido, la Convención sobre los Derechos del Niño fue aprobada en la República Argentina por la Ley N° 23.849, cuyo artículo segundo dispuso que, al momento de la ratificación en sede internacional, nuestro país declare que "se entiende como niño todo ser humano desde el momento de su concepción hasta los 18 años de edad.".

Vale la pena tener presente que, en el Mensaje de Elevación del proyecto de ley aprobatoria de la Convención, el Poder Ejecutivo Nacional, luego de recalcar la consagración del derecho intrínseco a la vida de todo niño y su interés superior, hizo expresa referencia a la referida declaración interpretativa, manifestando en términos más que elocuentes que:

"…Esta declaración se hace necesaria ante la falta de precisión del texto de la convención <u>con respecto a la protección de las personas por nacer</u>"

La ley fue sancionada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso[vi] y la declaración fue efectivamente realizada al momento de ratificarse el tratado en sede internacional.

Resulta evidente, entonces, que los dos poderes del Estado que participaron en ese acto federal complejo, estuvieron contestes en dejar claramente establecido que todos y cada uno de los derechos garantizados por la Convención, y en particular el <u>derecho intrínseco a la vida</u>, resultan reconocidos por nuestro país a todo ser humano desde el momento de la concepción hasta los 18 años de edad.

Ello así, es de destacarse el contenido de la cláusula del artículo 3.1 de la misma Convención, que establece "En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una condición primordial a la que se atenderá será el interés superior del niño", debiendo entenderse, claro está, que ello rige desde el instante de la concepción y hasta los 18 años de edad.

Por paridad de argumento, y en consonancia con el artículo 6 de la Convención, debe entenderse que para la República Argentina todo niño, desde el momento de la concepción, tiene derecho intrínseco a la vida, todo lo cual resulta evidentemente incompatible con cualquier forma autorizada de aborto, toda vez que –resulta evidente- la expresiones todo niño y derecho intrínseco no admiten excepción alguna, ni modulaciones interesadas del principio.

Correlativamente, y, también desde el instante de la concepción, nuestro país se encuentra obligado a garantizar -en la máxima medida posible- la supervivencia y desarrollo de todo niño.

En este sentido, es menester destacar que no resulta admisible sostener al mismo tiempo como proposiciones igualmente verdaderas: a) que todo niño (nacido o por nacer) posee derecho intrínseco a la vida desde el instante de la concepción y, b) que algunos niños por nacer (los amenazados por las hipótesis de aborto provocado que se pretende legitimar) puedan carecer en absoluto de ese mismo derecho.

Dado que la reforma constitucional de 1994 dispuso que la Convención de los Derechos del Niño, posea jerarquía constitucional "en las condiciones de su vigencia", resulta indiscutible que, <u>tanto el instrumento internacional, como la Ley N° 23.849, y la consiguiente declaración formulada en el acto de su ratificación en sede internacional, participan de esa jerarquía eminente</u>, por lo que constituyen derecho internacional vigente para nuestro país, y -a la vez- derecho interno de rango constitucional, razón por la cual son normas que se encuentran en el vértice del ordenamiento jurídico, y, por lo tanto, claramente superiores al rango del Código Penal, sus disposiciones y cualesquier otra ley ordinaria.

De esta manera, ha quedado cristalizado en lo más alto de nuestro ordenamiento jurídico el principio según el cual todo niño desde el momento de la concepción goza del derecho intrínseco a la vida, sin excepciones, cortapisas, o modulaciones interesadas, resultando de ello la evidente la <u>imposibilidad jurídica</u> de acordar vigencia a cualquier supuesto de "aborto legal".

Dado que nos hallamos ante un principio de derecho público constitucional, resulta evidente que ningún poder constituido puede realizar acto alguno que lo vulnere o desvirtúe, puesto que, de hacerlo, se alzaría contra la Constitución, que da razón de ser a su existencia como órgano y que delimita materialmente el contenido de su actuación.

Los casos judiciales en los cuales, con posterioridad a la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño,  así como a la reforma constitucional de 1994, se prescribió la aplicación del artículo 86 del Código Penal -incompatible con todas sus disposiciones- han significado una directa e inadmisible violación de los preceptos integrantes del bloque de constitucionalidad argentino que reviste una inusitada y extrema gravedad, toda vez que en dichos precedentes se autorizó, verificó o legitimó la muerte de seres humanos inocentes, a quienes –para colmo– se cercenó toda posibilidad de verdadera defensa. Tal vez un día no lejano, quienes han decidido o convalidado esas muertes deban rendir cuentas a la Justicia por esas acciones arbitrarias, ilegales y homicidas.

En virtud de todo ello,  considero, y así lo propongo a la Comisión, que deben suprimirse del proyecto de Código Penal de la Nación Argentina, todas las disposiciones que de cualquier forma pudieran legitimar, bajo el ropaje de "abortos no punibles", la eliminación aleve de seres humanos inocentes e indefensos, como los niños por nacer.

Entiendo que sólo así se cumpliría -en verdad- con el sano propósito señalado a la Comisión en los Considerandos del Decreto N° 103/2017, en tanto que se señala que la tarea de la Comisión deberá tener en consideración, entre otras cosas, "…los instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL…".

Quedando a su disposición, saludo a Vd., y, por su intermedio a los Sres. Miembros de la Comisión, con mi consideración más distinguida.

Ricardo Bach de Chazal

[i] Conf. Decreto N° 1406/98

[ii] Expresión utilizada por Vélez Sársfield en los artículos 54, inciso 1°, 57, inciso 1°, 63 y su nota y todo el Título III del Libro I de su  Código Civil, y mantenida en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, por ejemplo, en los artículos 24, inciso a), 101, inciso a), 574 y 592

[iii] Dictamen de la Academia del Plata (Fallo de la CS que interpreta el art. 86, inc. 2º, del cód. penal declarando no punible el aborto cuando se practique en una mujer que declare que ha sido violada) – [ED, 247-818]; De Martini, Siro M. A. Editorial del Suplemento de Política Criminal  de El Derecho "Ante la "legislación" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el aborto en caso de violación. Un fallo que no debe ser cumplido."  [ED 247-839]; Sánchez, Alberto M.  "Cuando la ideología desplaza al derecho. A propósito del fallo de la CS sobre aborto no punible" – [ED, 247-591]; Barra, Rodolfo C. "Aborto: nuevos escamoteos" – [ED, 247-551]; Basset, Ursula C. "Acerca del aborto restaurativo o reparador" – [ED, 247-553]; Portela, Jorge Guillermo  "Conflicto de valores: ¿vida humana vs. salud psíquica?" – [ED, 247-585]; Lordi, Fernando "¿Legalización del aborto?" – [ED, 247-588]; Herrera, Daniel Alejandro "Refutaciones sofísticas políticamente incorrectas" – [ED, 247-579]; Franck, María Inés y Lafferrière, Jorge Nicolás "Una cuestionable sentencia sobre aborto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación" – [ED, 247-565]; Chiesa, José María  "Sobre la insólita "invención" de un derecho constitucional al "aborto diplomado" por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Una reflexión a la luz de la teoría general del derecho" – [ED, 247-558]; Zabaleta, Daniela "Cuando la Justicia no hace  Justicia" (ED 247-600]; Bach de Chazal, Ricardo "CASO "F., A. L" CUANDO LA INJUSTICIA ES SUPREMA" [ED 247-914] y "Sobre el aborto en el reciente fallo de la Corte" [Prudentia Iuris N° 73 pp.33-56]; Marrama, Silvia  "De tutelado a condenado a muerte: una interpretación regresiva del derecho a la vida" (ED 247-844); Gargiulo, Lilian  y Radakoff de Doldan, Diana "El fallo de la Corte que invisibiliza los delitos sexuales: ¿protección o desamparo?" [ED 247-911]; Scala, Jorge  "La tragedia de encaramar ciegos ideológicos en el poder judicial" [ED 247-902]; Alonso, Juan Esteban ¿Puede un médico matar? [ED 247-861]; Pucheta, Leonardo L.  IN DUBIO PRO HOMINE Y DIGNIDAD HUMANA A PROPÓSITO DE LA INTERPRETACIÓN DE LA CSJN SOBRE LOS ALCANCES DEL ARTÍCULO 86, INCIUSO 2, DEL CÓDIGO PENAL. [ED 247-876]; Calvi, Marisa "Las cosas por su nombre" [ED 247-882]; De Martini, Siro M. A. "La Corte Suprema no puede obligar a un médico a matar." [ED 247-855]; Martínez, Francisco José Franco "MÁS ALLÁ DE LA LEY, MÁS CERCA DE LA FILOSOFÍA. EL ABORTO NO PUNIBLE: UN FALLO POSITIVISTA SIN LEGITIMIDAD ÉTICA. (La necesidad de una justificación axiológica en los conflictos de derechos)." [ED 247-863]; Casanova, María Paula "El derecho a decidir sobre el propio cuerpo". [ED 247-885]; García Mansilla, Manuel José, disertación del 16 de mayo de 2012 en la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, titulada "Las arbitrariedades del caso "F., A.L." omisiones, debilidades y (ho) (e) rrores del "Roe v. Wade" argentino"; Rodríguez Varela, Alberto, disertación del 22 de noviembre de 2012 en la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales, titulada "Un grave error hermenéutico (el fallo de la Corte Suprema sobre aborto)" [LL 2013-C-717]; López Díaz-Valentín, Patricio J. "La fundamentación eugenésica del artículo 86, inc. 2, del Código Penal y el fallo "F., A.L. s/ medida autosatisfactiva". Convalidación de una teoría aberrante" [Prudentia Iuris N° 79, pp. 217-228]; SagüésNéstor Pedro "El aborto eugenésico, la constitución y el derecho internacional de los derechos humanos", en Revista Jurídica Abeledo Perrot, Thompson & Reuters , 11 de diciembre de 2012.;  Lafferriere, Jorge N., Retroceso del derecho humano a la vida en un fallo de la CSJN sobre aborto [LL 2012-B-271]; Vítolo, Alfredo, "Una sentencia arbitraria: el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", [JA 2012-II-403]; Sambrizzi, Eduardo, "El fallo de la CSJN sobre aborto" [LL 2012-B-277]; Gelli, María A., "Efectos regresivos de una sentencia en punto a la protección del derecho a la vida"[JA 2012-II-349]; Zambrano, Pilar y Sacristán, Estela, "¿Hay límites para la creatividad interpretativa? A propósito del caso F.A.L. y la relativización de los derechos fundamentales" [JA 2012-II-385]; Chiappini, Julio, "Una interpretación amplia de la CSJN respecto del aborto no punible" [LL 2012-B-250], entre otros.

[iv] TOZZI, Piero A. – MARCILESE, Sebastián – MUGA GONZÁLES, Rosana "El activismo judicial en Latinoamérica. Análisis de la reciente jurisprudencia argentina proaborto" Buenos Aires, El Derecho, ED 251-726

[v] V. Rosatti, Horacio "Derechos Humanos en la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2003-2013)", Rubinzal Culzoni, Santa Fe 2013, pp. 123 y siguientes.

[vi] Vid. Cámara de Senadores de la Nación, Diario de Sesiones 27ª Reunión, 21ª  Sesión Ordinaria, 26-27 de septiembre de 1990, pp. 3872-3884 y Cámara de Diputados de la Nación, Diario de Sesiones,  40ª Reunión –continuación de la 11ª sesión ordinaria- septiembre 27 de 1990, pp. 3467-3477

 

Macri promueve discutir la legalización del aborto en el Congreso

 

Una cosa es despenalizar algo que sigue siendo un crimen y otra considerar que asesinar es un derecho.

 

No es diferente a habilitar a sus legisladores a votar libremente si se considera la violación como un derecho.

 

Éste fue el proyecto avalado por varios miembros de PRO gracias a la via libre de Macri, analizado por el Dr. Marcos A. Rougès

 

El 30 de junio de 2016 se presentó (por sexta vez consecutiva) en la Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) redactado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.-

 

Su Nº de expediente es el: 4161-D-2016 y fue publicado por Trámite Parlamentario Nº 84 al día siguiente, y dice así:

 

PROYECTO DE LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

 

ARTÍCULO 1°: EN EJERCICIO DEL DERECHO HUMANO A LA SALUD, TODA MUJER TIENE DERECHO A DECIDIR VOLUNTARIAMENTE LA INTERRUPCIÓN DE SU EMBARAZO DURANTE LAS PRIMERAS CATORCE SEMANAS DEL PROCESO GESTACIONAL.

 

Está claro que los bebés no natos, o nasciturus (no hay que caer en la deshumanización de llamarlos "embriones", "óvulos fecundados", "fetos" o términos similares, que pretenden esconder su verdadera naturaleza humana) de menos de catorce semanas (tres meses y medio), quedarían "ipso iure" privados de todo derecho a la vida desde la concepción.-

 

ARTÍCULO 2º: TODA MUJER TIENE DERECHO A ACCEDER A LA REALIZACIÓN DE LA PRÁCTICA DEL ABORTO EN LOS SERVICIOS DEL SISTEMA DE SALUD, EN UN PLAZO MÁXIMO DE 5 (CINCO) DÍAS DESDE SU REQUERIMIENTO Y EN LAS CONDICIONES QUE DETERMINA LA PRESENTE LEY, LA LEY Nº 26.529 Y CONCORDANTES.

 

Está claro que pretende el Proyecto que el costo del aborto sea asumido por toda la comunidad, inclusive por los no abortistas.-

 

ARTÍCULO 3º: SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO PRIMERO, Y MÁS ALLÁ DEL PLAZO ESTABLECIDO, TODA MUJER TIENE DERECHO A INTERRUMPIR SU EMBARAZO EN LOS SIGUIENTES CASOS:

 

Aquí empezamos a ver que lo de las catorce semanas es un vulgar señuelo, porque las excepciones son más numerosas que la regla, y en artículos finales llega a abarcar la totalidad de los abortos.-

 

1. SI EL EMBARAZO FUERA PRODUCTO DE UNA VIOLACIÓN, CON EL SÓLO REQUERIMIENTO Y LA DECLARACIÓN JURADA DE LA PERSONA ANTE EL PROFESIONAL DE SALUD INTERVINIENTE.

 

O sea que sin siquiera haber efectuado una denuncia de violación, cualquier mujer embarazada podrá abortar en cualquier etapa de la gestación (hasta los nueve meses inclusive) con solamente afirmar que el hijo fue producto de una violación.-

 

2. SI ESTUVIERA EN RIESGO LA VIDA O LA SALUD FÍSICA, PSÍQUICA O SOCIAL DE LA MUJER, CONSIDERADA EN LOS TÉRMINOS DE SALUD INTEGRAL COMO DERECHO HUMANO.

 

La amplitud de la excepción ("salud física, psíquica o social") permite en realidad el aborto en cualquier momento. ¿Qué es la "salud social", por ejemplo?. Cualquier mujer embarazada podrá abortar en cualquier etapa de la gestación (hasta los nueve meses inclusive) con solamente afirmar que el bebé en gestación afecta su "salud psíquica y social".-

 

3. SI EXISTIEREN MALFORMACIONES FETALES GRAVES.

 

La indeterminación del concepto permite en realidad el aborto en cualquier momento. ¿Qué es una "malformación fetal grave"? ¿Quién lo decide? ¿La propia interesada?. En Estados Unidos se considera tal a la espina bífida, un mal que acarrean millones de argentinos sin siquiera enterarse. Cualquier mujer embarazada podrá abortar en cualquier etapa de la gestación (hasta los nueve meses inclusive) con solamente afirmar que el bebé tiene espina bífida.-

 

ARTÍCULO 4º: PREVIAMENTE A LA REALIZACIÓN DEL ABORTO EN LOS CASOS PREVISTOS EN LA PRESENTE LEY, SE REQUERIRÁ EL CONSENTIMIENTO INFORMADO DE LA MUJER EXPRESADO POR ESCRITO.

 

Obviamente esto no es ninguna prevención. Una mujer que fue a abortar, no tendrá problema en firmar eso

Amén de ello, es de destacar que si las mujeres prestan su "consentimiento informado", significa que se está dando a otra persona la facultad de proponer el aborto, debiendo la mujer, no ya "decidir", sino "consentir" lo decidido por otro. Debemos aquí remitirnos a la Ley 26.529, que expresa

DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

ARTICULO 5º — Definición. Entiéndese por consentimiento informado, la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su caso, emitida luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada con respecto a:

a) Su estado de salud;

b) El procedimiento propuesto, con especificación de los objetivos perseguidos;

c) Los beneficios esperados del procedimiento;

d) Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles;

e) La especificación de los procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y perjuicios en relación con el procedimiento propuesto;

f) Las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los alternativos especificados.

Esto significa que en el caso de los incapaces, no serán ellos sino "otro" -que no se dice quién es- el que tomará la decisión, y ellos solamente prestarán su "consentimiento informado".-

 

ARTÍCULO 5º: EL SECTOR PÚBLICO DE SALUD, LAS OBRAS SOCIALES ENMARCADAS EN LAS LEYES 23.660 Y 23.661, LAS ENTIDADES DE MEDICINA PREPAGA Y TODOS AQUELLOS AGENTES QUE BRINDEN SERVICIOS MÉDICO-ASISTENCIALES INDEPENDIENTEMENTE DE LA FIGURA JURÍDICA QUE POSEAN, INCORPORARÁN COMO PRESTACIONES MÉDICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS A BRINDAR A SUS AFILIADAS O BENEFICIARIAS, LA COBERTURA INTEGRAL DE LA INTERRUPCIÓN LEGAL DE EMBARAZO PREVISTA EN LOS ARTS. 1 Y 3 EN TODAS LAS FORMAS QUE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) RECOMIENDA.

 

Esto es que se dará al Estado la facultad de controlar que todos los agentes de salud sean "buenos abortistas".-

 

ARTÍCULO 6°: EN TODOS LOS CASOS LAS AUTORIDADES DE CADA ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL DEBERÁN GARANTIZAR LA REALIZACIÓN DE LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE LEY Y CON LOS ALCANCES DEL ART. 40 DE LA LEY 17.132, ART. 21 DE LA LEY 26.529 Y CONCORDANTES.

 

Esto significa que los organismos asistenciales podrán despedir a cualquier médico que se niegue a practicar abortos.-

 

ARTÍCULO 7º: LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE LEY SE EFECTIVIZARÁN SIN NINGUNA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PREVIA.

 

Esto significa que todo lo anterior es pura cháchara, porque no habrá quién controle el cumplimiento de los mínimos requisitos establecidos en los artículos precedentes.-

 

ARTÍCULO 8°: SI LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO DEBE PRACTICARSE A UNA PERSONA ADOLESCENTE, ENTRE LOS 13 Y LOS 16 AÑOS DE EDAD, SE PRESUME QUE CUENTA CON APTITUD Y MADUREZ SUFICIENTE PARA DECIDIR LA PRÁCTICA Y PRESTAR EL DEBIDO CONSENTIMIENTO.

 

La persona mayor de 16 años, conforme a lo establecido en el artículo 26 in fine del Código Civil y Comercial de la Nación, tiene plena capacidad para ejercer los derechos que otorga la presente ley.

 

Esto significa que a partir de los 13 años una joven que no es considerada capaz para comprar o vender, se presuma capaz para decidir un aborto sin avisar siquiera a su familia.-

 

Si la IVE debe practicarse en una persona menor de 13 años de edad se requerirá su consentimiento con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. En ausencia o falta de ellos se requerirá la asistencia de las personas indicadas en el artículo 4 del decreto reglamentario del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, el art. 7 del Decreto 415/2006 reglamentario de la ley 26.061 y el artículo 59 del Código Civil.

 

Esto significa que una niña que conforme al Código Civil carece de discernimiento, puede abortar con el consentimiento del más "compinche" de sus padres y sin permitir dar su opinión al otro, siendo que ambos son abuelos de la víctima.-

 

En todos los supuestos contemplados en los artículos que anteceden serán de aplicación la Convención de los Derechos del Niño, la ley 26.061 y los artículos pertinentes del Código Civil y Comercial de la Nación, en especial en lo que hace a su interés superior y el derecho a ser oído.

 

Insólitamente se cita la Convención de los Derechos del Niño para un proyecto que claramente implica violar el interés superior del niño por nacer, y su derecho a ser oído. Ya veremos más abajo que uno de los fundamentos de esta acción es precisamente dicha Convención.-

 

Claramente eso tiende a permitir el aborto aún en caso de oposición de ambos padres, alegando su "interés superior".-

 

ARTÍCULO 9°: SI SE TRATARE DE UNA PERSONA CON CAPACIDAD RESTRINGIDA Y LA RESTRICCIÓN NO TUVIERE RELACIÓN CON EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS QUE OTORGA LA PRESENTE LEY PODRÁ PRESTAR SU CONSENTIMIENTO INFORMADO REQUIRIENDO SI LO DESEARE LA ASISTENCIA DEL SISTEMA DE APOYOS PREVISTO EN EL ART. 32 CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

 

Si se tratare de una persona declarada incapaz judicialmente deberá prestar su consentimiento con la asistencia de su representante legal o a falta o ausencia de este, la de un allegado en los términos art. 59 Código Civil y Comercial de la Nación.

 

 

Esto significa que en el caso de los incapaces, no serán ellos sino "alguien" -que no se dice quién es- el que tomará la decisión, y ellos solamente prestarán su "consentimiento informado".-

  

ARTÍCULO 10°: QUEDAN INCLUIDOS EN LOS DERECHOS Y BENEFICIOS COMPRENDIDOS EN LA PRESENTE LEY, LAS PERSONAS CON CAPACIDAD DE GESTAR DE ACUERDO EN LO NORMADO EN LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO N° 26.743.

 

Por supuesto, aún no existen travestidos ni transexuales con capacidad de gestar. Pero desde ya se va previendo la posibilidad

 

ARTÍCULO 11°: DEROGASE EL ART. 85 INC. 2 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12°: DERÓGUENSE LOS ARTS. 86 Y 88 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN.

 

 

Un momento… ¿Y esta derogación general?  ¿Qué sentido tienen todas las pocas limitaciones al aborto que surgen del Proyecto, si aún violándose todas ellas deja de ser delito?

 

En suma, con esta Ley el aborto está permitido irrestrictamente, y según se analizó, todas las supuestas "limitaciones" son simples señuelos tendientes a hacer creer que existe alguna. Por ello, luego de este breve análisis, veremos que todo este sistema viola artículos expresos de la Constitución Nacional.-

 

 

2. Macri eligió Jueces de la Corte Suprema abortistas

 

Rosatti, Ministro de Justicia de Kirchner, avaló el barco de la muerte y la apología del crimen del aborto. De éstas respuestas parecería que piensa erróneamente que una consulta popular o una ley inferior a un tratado de rango constitucional, legitimaría despenalizar el asesinato de bebés indefensos. Triste: era profesor de una Universidad Católica.

 

Rosenkranz era de la Junta Directiva de la Asociación (masona) por los Derechos Civiles, que paradójicamente, promueve la abolición de los derechos civiles, a través del aborto, la fecundación artificial, "derechos" LGBT y abolir la enseñanza optativa de la religión en escuelas públicas. Por eso fue apoyado por los gays. Antes de ser elegido, era público que apoyaba el caso FAL y el aborto.

 

Highton: antes de asumir como Jueza Suprema elegida por Kirchner, Highton se había reunido con representantes de la Iglesia, que querían garantizar que no iba a favorecer el aborto. Hasta su propia hija lo negaba. Sin embargo, no dudó en firmar el fallo FAL.

Según la Constitución, tendría que haberse jubilado a los 75 años. Violando la Constitución, Macri la autorizó a quedarse: ¿la necesita para los trabajos sucios de aprobar el aborto irrestricto y la eliminación de la religión optativa en la escuela pública, sin pagar el costo político?

 

Lorenzetti: otro juez de Kirchner firmante del fallo FAL. Macri rechazó hacerle juico político a pesar de las abundantes evidencias de corrupción que presentó Carrió. ¿Otro peón para hacer el trabajo sucio sin costo político?

 

Maqueda se queda, a pesar de ser pasible de juicio político por violar la Constitución por firmar el fallo FAL, al igual que Highton y Lorenzetti.

 

Zaffaroni: en vez de hacerle juicio político por "legislar" el "derecho" a asesinar bebés por nacer y explotar a la mujer en una red de prostitución, lo premió como Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Y sólo cuando osó decir que preferiría que el Gobierno durara menos, pidió su cabeza.

 

Se pretende modificar nuestra Constitución, no por la vía de una Asamblea Constituyente, sino por la reinterpretación dictatorial de cortesanos: jueces relativistas, que no respetan el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural, el matrimonio natural entre varón y mujer y los otros dos principios no negociables de ley natural amparados por nuestro Orden Constitucional.

 

 

3. Macri eligió y elige a ministros abortistas

 

Si analizamos la lista completa, comprobaremos que la mayoría son pro-muerte. ¿Condición sine qua non para ingresar al club Pro? Algunos ejemplos:

 

Susana Malcorra

Ex Ministra de Relaciones Exteriores, apoyó asesinar bebés por nacer (como Ban Ki Moon su ex jefe) y ha mentido al decir que los países de las Naciones Unidas apoyan el aborto (la ONU lo hace a espaldas de a los países miembros). Escuchar a partir del minuto 7 antes de que lo saquen.

Fue acusada de ocultar abusos sexuales por los cascos azules de la ONU.

Con tus impuestos, desde el ministerio creó programas para promover la agenda pro-aborto y la ideología de género por Latinoamérica. Por si eso fuera poco, les regaló a los ingleses cielos abiertos en Malvinas para abastecerse en Argentina, menos de Aerolíneas Argentinas, a cambio de que la voten en su fracasada candidatura a la ONU (que además nos costó millones).

 

Patricia Bullrich

Ministra de Seguridad, cercana a terroristas que mataron civiles inocentes incluyendo mujeres y niños, en 1994 presentó el proyecto de ley 5118-D-94, "Régimen de interrupción voluntaria del embarazo por la mujer, durante las primeras doce semanas de gravidez" (se podía consultar en diputados.gov.ar pero ya no lo permiten). Aquí dice que si hay mayoría, ella no va a bloquear el tratamiento de un proyecto a favor de asesinar bebés. También avaló despenalizar el asesinato del bebe ya nacido.

 

Carolina Stanley

Ministro de desarrollo social:

·         Financió la app de Fundación Huésped para promover el aborto.

·         Financia cientos de programas pro-aborto, disfrazados bajo desarrollo social.

·         Nombró a Fabiana Túñez presidente del Consejo Nacional de la Mujer a pesar de ser cofundadora y directora de La Casa del Encuentro, miembro de la "Campaña por el derecho al aborto" y que sobre la falsa "violencia de género" y recibe fondos de organizaciones abortistas internacionales como Fondo Global para Mujeres y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNPFA), además del gobierno porteño.

·         Apoya la ideología de género

El audio de WhatsApp atribuido a ella, donde pide rezar para que Vidal no apoye el aborto, no es de ella (para comprobar que no es su voz, basta escuchar videos de YouTube donde habla).

 

Marcos Peña

Si bien en contra del aborto quirúrgico, es responsable directo del asesinato de sus propios hijos por técnicas de fecundación artificial. Siendo jefe de gabinete habría convencido a Macri de apoyar el homo-monio y la ideología de género.

 

Jorge Triaca (h)

Al igual que Peña, por usar fertilización artificial, podría haber llegado a matar hasta 50 hijitos para tener a sus dos hijas. Se estima un tendal de 25 hermanitos por cada bebé nacido vivo. Impulsó un proyecto de fertilización artificial.

Lo más triste es que su mujer probablemente morirá de cáncer debido a la estimulación ovárica y que podrían haber concebido naturalmente a través de la Naprotecnología, pero ignoran esto porque la ley no exigió el consentimiento informado.

¿Qué esperar de alguien que concibe a sus hijos para matarlos? (leer el comentario al pie de la noticia)

 

Esteban Bullrich

A favor:

1. Votó en contra del protocolo abortista CEDAW

2. Promovió los valores positivos con ONGs como "Protege tu corazón" en vez de un enfoque anticientífico de género y abortista de "Educación sexual integral"

3. Dijo que #NiUnaMenos incluye a las niñas por nacer asesinadas por aborto, a fin de cuentas ellas también son de sexo femenino y su homicidio es femicidio según la etimología y la Real Academia. Esto incluye los abortos selectivos contra bebas en razón de su sexo femenino, que son tan comunes en algunas naciones. ¿Acaso la definición misma de femicidio no es el asesinato de un ser humano de sexo femenino, justamente por su condición femenina y no otra razón? Y sin embargo las abortistas se niegan a aceptar la realidad:

En contra (¿ignorancia culpable?):

·         Votó a favor de la ley de educación sexual integral: no incluye la dimensión afectiva o espiritual con lo cual no es integral en lo más fundamental de la persona, además, no respeta el derecho garantizado por la Constitución de los padres a elegir la educación sexual de sus hijos, y no tiene mecanismo alguno para evitar lo que pasó: se la usó para la "perversión sexual integral" fomentando abortivos y aborto. Por ejemplo, en los manuales para secundario (responsabilidad de su Ministerio) leemos: "un embarazo no buscado, que fueron violadas o que eso afecta a su salud o a sus vidas, pueden recurrir a la interrupción del embarazo"

·         Públicamente dijo que los anticonceptivos (¡abortivos!) prevenían el aborto, cuando es exactamente lo opuesto (compensación de riesgos, tasas de fallas, mayor tasa de embarazos inesperados).

·         Criticó a la Iglesia por estar en contra de la anticoncepción

·         Durante su gestión apoyó con fondos la "Educación sexual integral", a pesar de estar demostrada falsa por la ciencia y de promover abortivos (anticonceptivos) y sexo irresponsable que lleva al aborto.

·         No quiso implementar un programa de "Educación sexual científica" que avala el amor, la moral y la vida, en vez de la inmoral "Educación sexual integral".

·         Cuando la Universidad Nacional de Rosario puso la cátedra para enseñar a abortar sin que los fondos hayan estado en el presupuesto, desde el Ministerio de Educación no se exigió terminar con esa actividad contraria al arte de curar, anti-constitucional e ilícita por malversación de fondos.

·         Dice que hay que debatir el aborto como derecho, es decir, un supuesto derecho anti-constitucional a asesinar a un inocente.

·         No quiso certificarse gratuitamente como candidato pro-vida.

·         Rechazó asesoramiento pro-vida gratuito (en especial bioética).

 

 

Pablo Avelluto

Ministro de Cultura

A favor del aborto.

 

Lino Barañao

Ministro de Ciencia y Tecnología

A favor del aborto.

 

Germán Garavano

Ministro de Justicia

A favor del aborto según fallo FAL.

 

Resto del gabinete

Salvo quizás un par, todos, aceptan la distribución de abortivos (todos los anticonceptivos no barrera).

Para buscar el pronturario pro-muerte de los políticos basta poner en Google el nombre del político o del ministro, seguido por site;notivida.com.ar

Por ejemplo, https://www.google.com.ar/search?q=Macri+site%3Anotivida.com.ar

 

 

El ministro de salud: después de Macri, el mayor asesino

 

Ministro de Salud, menos de la salud de los bebés:

a)      por nacer: estableció el protocolo cuando era ministro en CABA, o

b)      ya nacidos: durante su gestión aumentó la mortalidad infantil, a pesar de que antes venía cayendo

 

Lemus y su sucesor apoyan:

 

La distribución de abortivos: píldora del día después y todos los anticonceptivos no barrera, que cuando fallan en evitar la ovulación, actúan matando al bebé ya concebido, violando el derecho a la vida y el derecho al consentimiento informado:

http://moralnetargentina.blogspot.com.ar/p/embaraceptivos.html

http://www.vidahumana.org/vida-humana-internacional/item/735-la-postura-de-hli-sobre-la-ae-y-los-casos-de-violaci%C3%B3n?tmpl=component&print=1

 

La fecundación artificial: por cada bebé de probeta nacido, quedan 25 en el camino. Cada bebé de probeta nacido vivo implica el asesinato de unos 25 seres humanos por selección, descarte o congelamiento.

 

La distribución de vacunas elaboradas con bebés abortados (hay alternativas éticas) que además causan autismo (más de 5 estudios independientes lo confirman, incluso uno del Gobierno de los EE.UU.) y otras discapacidades permanentes:

https://www.linkedin.com/pulse/peligro-vacunas-contaminadas-f-nazar-gmail-com

 

El protocolo de abortos no punibles, incluso cuando desde 2015 agregó, otra vez violándose la Constitución, la causal de "peligro para la salud psíquica de la madre" (es decir, cualquier excusa):

http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000000690cnt-Protocolo ILE Web.pdf

 

El entrenamiento en "Interrupción LEGAL del embarazo" de personal médico de las provincias (con todos los gastos pagos con tus impuestos, avión, hotel, restaurantes). Como la mayoría de los ginecólogos se niegan a hacerlos, la idea es promover el aborto con pastillas y que los terminen en hospitales públicos.

Favor de mirar éstos videos de terror: asesinos seriales que confiesan sus homicidios como si nada:

 

https://youtu.be/PnDnuZ3-Yfc

 

https://www.youtube.com/watch?v=44icJzvRHsA

 

Foto: #AsesinosSerialesImpunes y orgullosos por sus 3000 asesinatos por año en sólo 7 hospitales públicos, realizados por "médicos" generalistas, ya que los ginecólogos se negaron a convertirse en verdugos de bata blanca:

 

Abortos declarados en el video

 

Zona

Datos del video

Total

Santa Fe

 

1.089

El Bolsón (Río Negro)

3 por semana x 52 semanas/año

156

CABA

 

117

CABA

7 en un mes

364

Lanús

375 desde 2012, dividido 4 (?) años

94

Pcia. Bs. As.

 

118

Pcia. Bs. As.

20 en un mes

1.040

Total de abortos

7 hospitales públicos

2.978

 

¿Cómo puede ser que ni siquiera se denuncie a los médicos abortistas o a quien firmó el protocolo? Debe impedirse que ejerzan, quitándoles la matrícula de por vida.

 

Según un médico de CABA que tuvo que cambiar de especialidad, para especializarse en Obstetricia y Ginecología, en varios hospitales universitarios es obligatorio rotar por aborto procurado. Se está entrenando a residentes generalistas para convertirlos en asesinos a sueldo en los 9 hospitales nacionales en CABA. En los 3000, abortos, sólo se contabilizaron 2 de los 9 hospitales CABA, si aplicamos el promedio de 425 a los otros 7, habría 6000 abortos procurados por año en sólo 14 hospitales públicos. Y eso que no contamos los centros de salud.

 

Con ese promedio, si se asesinaran bebés en sólo un tercio de los 1153 hospitales públicos, da 160.000 bebitos asesinados en hospitales públicos cada año.

 

Pero la cuenta no para allí. La app de la Fundación Huésped (fundación que debiera ser perseguida por violar la ley y liquidada) informa que hay más de diez mil centros repartiendo pastillas para abortar:

 

Esa información fue financiada con nuestros impuestos:

    Ministerio de Salud de la Nación, Dirección de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (DiCEI), Sistema Integrado de Información Sanitaria de Argentina (SISA), Programa Nacional de Salud Integral en la Adolescencia (PNSIA), Dirección Nacional de Sida.

    Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Ministerio de Modernización, Dirección de Calidad Institucional de la Subsecretaría de Gestión Estratégica y Calidad Institucional, Coordinación Sida y Salud Sexual y Reproductiva.

    Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires: Dirección de VIH, ITS y hepatitis virales, Dirección Provincial de Programas Sanitarios; Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas.

    Programas Provinciales de Salud Sexual y Procreación Responsable de Salta, Misiones y Santiago del Estero, Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud de Córdoba, Sub Dirección de Políticas de Género e Interculturalidad en Salud de Santa Fe.

    OMS en Argentina, ONUSIDA América Latina.

    Alianza de organizaciones integrada por Amnistía Internacional Argentina, Grupo FUSA y Católicas por el Derecho a Decidir con apoyo de IPPF.

    Colectivas de Socorristas en Red, Red de profesionales de la salud por el derecho a decidir, Colectivo de Salud Feminista - Comohacerseunaborto.com.

 

Ésto significaría más de 100 millones de dólares de impuestos derrochados en abortos y mucho más del doble si se sumara el costo de atender sus consecuencias físicas y psíquicas (ver arriba en "Cuánto cuesta un aborto?"), en especial el enorme costo de la prematurez del siguiente embarazo. $10.000 millones de pesos de tus impuestos usados para asesinar bebés… cada año!!!

A esto, sumar al menos otros 5000 millones que se usan para promover el aborto a través de la educación sexual integral, los encuentros "autoconvocados" de "feministas", programas del Ministerio de Desarrollo, programas del Ministerio de Salud, etc.

 

Lo más triste es que, sin aumentar el presupuesto, si a esas madres se les diera ese dinero (unos $100.000 incluyendo asignación prenatal y asistencia social) y asistencia psicológica provida para ayudarles hasta tener el bebé o darlo en adopción, además de consentimiento informado, casi la totalidad no abortaría. ¿Por qué los pro-elección niegan ésa opción?

 

Ni siquiera hace falta hacer malabarismos presupuestarios: nunca alcanzará el dinero si Macri sigue incrementando la deuda externa. ¡Se paga 600 millones de pesos POR DÍA sólo para comprar los dólares para intereses!

 

Ayudaría una ley de "vales por la vida": a toda madre por abortar se da vales para gastar en lo que necesite (techo, comida, etc.).

 

Es más, incluso se podría aumentar las asignaciones para madres que quisieran conservar a su hijo, con una ley de adopción prenatal, que permita adoptar al bebé durante la gestación, apoyando económica, psicológica y afectivamente a la madre (si se arrepiente de darlo en adopción, el Estado podría destinar el importe "invertido" en la siguiente que elijan esos padres adoptivos). O incluso adoptar temporariamente a la madre, si fuese menor de edad.

Esto también es rechazado por los pro-elección, porque la única elección que buscan es el asesinato del bebé.

 

Es importante leer el siguiente link para darse cuenta que la situación es gravísima. Aborto libre al ampararse en un supuesto riesgo para la salud psíquica:

http://www.abchoy.com.ar/leernota.php?id=138012

En vez de buscar la sanación del trastorno previo, al promover el asesinato de su propio hijo, sólo agravan el cuadro y la tasa de suicidios. Escrito por un abortista: "no hay un solo estudio que demuestre que el aborto reduce riesgos de salud mental".

Papa Francisco: "Cuando un adolescente no es amado, o no se siente amado, puede nacer en él la violencia... hay, con frecuencia, un corazón que no ha sido reconocido… no existen adolescentes del todo malvados, pero existen personas infelices. ¿Y qué cosa puede hacernos felices si no es la experiencia del amor dado y recibido?". Lo que necesita una madre en riesgo de abortar no es que la empujen al precipicio del aborto sino amor en obras concretas para salir del pozo.

 

Lo más triste es que Macri rechazó poner como Ministro de Salud al pro-vida Dr. Abel Albino.

 

 

3. Macri apoya funcionarios y legisladores pro muerte

 

María Eugenia Vidal

Gobernadora de la Pcia. de Bs. As.

·         Nombra Ministra de Salud a la abortista Zulma Ortiz, quien impone un protocolo aún más abortista que el de Scioli. Cuando Vidal anula dicho protocolo por presión de dos altos funcionarios Católicos, mencionó que había que consultar áreas como "de niñez, a los gremios (médicos) por el tema de la objeción de conciencia, y a la Justicia para evitar la judicialización". Sin embargo, confesó que mantiene el protocolo anti-constitucional impuesto por Scioli, pero peor: se entrega misoprostol solamente por ser pobre, por "salud económica".

·         ¡En la Bs. As. de Vidal se siguen asesinando bebés por aborto! No sólo quirúgico, sino farmacológico con la píldora del día después, DIUs y anticonceptivos hormonales, y también por descarte de embriones por fertilización in vitro.

·         Promueve a Gladys González (ver abajo)

·         Declaró que se debe debatir en el Congreso el "derecho" a asesinar a un bebé por nacer: apología del delito.

·         Promueve la ideología de género (que lleva al aborto por fertilización in vitro), violando la Constitución Bonaerense de 1994 que establece que los escolares bonaerenses deben ser formados según los principios de la moral cristiana, respetando la libertad de la conciencia.

·         Promueve con tus impuestos, la "terapia" para cambiar hormonalmente de sexo un niño, a pesar de la enorme cantidad de suicidios durante la adolescencia o adultez. Burlándose de los Católicos, se comienza en el hospital a nombre de Sor María Ludovica (Beata), a pesar de haber podido elegir entre cientos de otros centros. Luego se extiende a más de 20 centros.

·         Con eso sigue su carrera en la cultura de la muerte, que ya había comenzado, apoyando con Macri, el nefasto sitio "chau tabú", anti-ciencia, anti-vida y pervertidor de menores ("el sexo contra natura, el sexo oral de varias formas y con personas de distinto sexo o del mismo, la masturbación, las películas pornográficas") y se había agravado después de su divorcio con 18 años de casada por Iglesia (ahora abierta a una nueva relación).

 

Gladys Ester González

Presentó un proyecto para despenalizar el aborto en casos de violación y anencefalia (expte. 2502/2012, reproducido como 665/2014). Acusada de corrupción, no sólo es abortista, sino filicida.

 

Elisa Carrió

No se puede quedar bien con Dios y con el diablo.

·         Carrió tiene una larga trayectoria anti-vida. Fue impulsora de la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, que instaló el reparto masivo y gratuito de anticonceptivos (incluidos los de efecto abortivo).

·         Fue pionera. En 2001 pedía pensiones para convivientes del mismo sexo: "el concepto de familia, en constante ebullición, nos lleva ahora a proveer de protección legal a las parejas del mismo sexo" (expte. 6193-D-2001).

·         Apoyó el tratado Belén do Pará donde "Los Estados que han restringido los derechos de reproducción de la mujer limitando su acceso al aborto deberían levantar esas restricciones en casos de violación y adoptar medidas encaminadas a ampliar el acceso de la mujer a abortos seguros y legales".

·         Estuvo ausente en la votación del protocolo abortista CEDAW en vez de votar en contra.

 

Graciela Ocaña

Durante su gestión como ministra de salud de Cristina Fernández de Kirchner, mantuvo todas las políticas que actualmente sostiene Lemus, incluyendo el protocolo que se había aprobado en Octubre de 2007, dos meses antes de su asunción como ministra. Siendo Graciela Ocaña diputada nacional cofirmó proyectos para: legalizar las esterilizaciones quirúrgicas (6047-D-2000), la fecundación artificial (1959-D-2001), el suministro de "píldoras del día después" a las víctimas de violación (3546-D-2002) y el "divorcio express" (7753-D-2002). También es coautora de uno de los proyectos que intentó modificar la ley antidiscriminatoria para incluir la no discriminación por "género" y "orientación sexual" (2556-D-2003).

 

Laura Alonso

Ella está a favor de la pena de muerte al niño por nacer (mal llamada "despenalización del aborto").

 

Proyecto de legalización del aborto:

Firmantes: diputados PRO, Sergio Whisky, Daniel Lipovetsky, Samanta Acerenza y Juan Carlos Villalonga. También desde el oficialismo están los radicales Carla Carrizo, Brenda Austin y Olga Ristra.

 

Mariana Zuvic

¿Robo y lavado de dinero? Si es así, ¿qué podemos esperar del resto?

 

Silvia Majdalani

Promovió la fecundación artificial (aborto de embriones) a pesar de firmar una solicitada diciendo: "El respeto a la vida no es sólo cuestión de religión o de ideología: la vida es esencial para el ejercicio de cualquier derecho humano. Un niño que muere en un aborto es una persona que el mundo se pierde. Los niños deben ser protegidos, no agredidos".

 

Claudia Najul

Ex senadora de Cambiemos (UCR), ahora Ministro de Salud de Mendoza: a pesar de reconocer por TV que tal vez no hubo ni una muerte por abortos clandestinos, promueve el aborto realizado por el Estado con nuestros impuestos.

 

Más candidatos que son una joyita:

http://www.notivida.com.ar/boletines/1054_.html

http://www.notivida.com.ar/boletines/1055_.html

 

 

4. Macri implementa un plan de derechos humanos abortista

 

Macri sigue con esmero las directivas internacionales y profundiza los ataques a la Vida y la Familia de la gestión kirchnerista

 

Como anticipamos, el presidente Macri aprobó esta semana el Primer Plan Nacional de Derechos Humanos (Decreto1024/2017), elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Nación (VidNotivida Nº 1071).

 

El Plan de Acción está estructurado en CINCO (5) ejes, con objetivos específicos y diferentes metas. Los ejes propuestos son:

 

1. Inclusión, no discriminación e igualdad

 

2. Seguridad pública y no violencia

 

3. Memoria, Verdad, Justicia y Políticas Reparatorias

 

4. Acceso Universal a Derechos

 

5. Cultura cívica y compromiso con los Derechos Humanos

 

Todos los ataques a la Vida y la Familia promovidos por la anterior gestión se concretan o profundizan en el Plan de Macri.

 

Reseñamos a continuación unos pocos puntos de ese Plan de Acción:

 

Entre los objetivos del primer eje (Inclusión, no discriminación e igualdad) están:

 

Elaborar el Plan Nacional contra la Discriminación (2018 - 2022)

Desarrollar campañas y programas educativos sobre discriminación

Formular una política para sancionar a los responsables de webs con información discriminatoria

Impulsar la ratificación de la Convención Interamericana contra el Racismo, Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia y laConvención Interamericana contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia

Promover la modificación de la Ley N° 23.592 de Actos Discriminatorios

Fortalecer el Programa Escuelas Populares de Formación en Género 2017-2020.

Desarrollar capacitaciones sobre Diversidad Sexual en las Fuerzas de Seguridad

Elaborar un archivo oral que ponga en valor lasmemorias de la diversidad sexual

Desarrollar actividades para erradicar prejuicios y el estigma sobre la población LGBTIQ

Crear un registro de transfemicidios y crímenes de odio hacia la población LGBTIQ

Implementar campañas de promoción de unacultura de respeto a la libre orientación sexual e identidad y expresión de género

Promover la inclusión de los espacios de Diversidad Sexual en las provincias y municipios

Impulsar la sanción de una Ley Nacional de cupo laboral trans

Promover la participación de niñas, niños y adolescentes en el marco del Plan Nacional de Disminución del Embarazo No Intencional en la Adolescencia

 

Todas las demandas del colectivo LGBT han sido incorporadas a los objetivos del Gobierno nacional. En el Plan se reconoce que 8 organizaciones de la sociedad civil fueron consultadas para su elaboración, pero no se las menciona expresamente.

 

En el cuarto eje (Acceso Universal a Derechos) se destacan como objetivos:

 

Mejorar la oferta y el acceso a métodos anticonceptivos (MAC), priorizando los métodos de larga duración (dispositivos intrauterinos, implante subdérmico, inyectable trimestral) a través de la compra y distribución de MAC a todo el país, el trabajo intersectorial con Educación Sexual Integral de Ministerio de Educación, la promoción deconsejerías en salud sexual y salud reproductiva en el primer nivel de atenciónImplementar el Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo no intencional en la Adolescencia

 

·         Garantizar la formación docente especializada, a fin de dar cumplimiento a la Ley N° 26.150 deEducación Sexual Integral (ESI)

 

Entre los objetivos del quinto y último eje (Cultura cívica y compromiso con los Derechos Humanos) están:

 

Implementar un Programa de Educación en Derechos Humanos que incorpore las perspectivas de género, diversidad, interculturalidad, integración y sostenibilidadDiseñar contenidos de Derechos Humanos con perspectiva de género y diversidad sexual para la currícula educativa

 

·         Colaborar en la adaptación de las metas e indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Naciones Unidas) en la Argentina

 

 

Dime cómo vives y te diré cómo votas

 

Basta ver cómo es la vida privada de un político para saber cómo será su política. ¿Qué tiene que ver la vida pública con la privada? Gabriel Marcel:"Cuando uno no vive como piensa, acaba pensando cómo vive."

 

En lo moral hay unidad de vida: quien no busca el bien debido a su esposa e hijos, su máxima responsabilidad, su propia sangre, ¿buscará el de sus votantes desconocidos?

 

Un ejemplo, Scioli: después de definirse varias veces en contra del aborto:

·         puso la ley de fecundación artificial "gratuita" (paga con tus impuestos), matando sus propios hijos-probeta

·         puso el protocolo de abortos no punibles

·         pidió a su concubina matar a su propio hijo por nacer

 

Los votantes debemos fijarnos sobre todo en la vida privada,  en cómo viven los valores morales en su propia familia, en su fidelidad a su fe, a su promesa de amar al cónyuge hasta que la muerte los separe, cómo trata a hijos, familiares y amigos, a su empleador... Quien no es fiel con los suyos, menos lo será con los demás. Los votantes estamos votando a los más inmorales y corruptos. Quien no sabe gobernar su propia casa, no puede gobernar un país. Llama mucho la atención que ninguna autoridad tenga familia numerosa criada con sus padres biológicos.

 

 

Un candidato no se convierte en asesino por la política, es tu voto el que convierte a un asesino en político: ya es un cómplice de asesinato, si está a favor de votar el aborto o la fecundación artificial o si personalmente utilizó ésta última o anticonceptivos no barrera (todos abortivos).

 

Desafío a conseguir un sólo ejemplo de un funcionario que tenga una vida privada desordenada y no haya hecho desastres en lo público. ¿Es que no aprendemos?

 

 

¿Todas las mujeres PRO son PRO-MUERTE?

 

Más allá de que fueron elegidas a dedo, el actual cupo femenino fomenta la selección de femi-nazis, ideólogas de género, abortistas y mujeres que no tienen una familia estable junto al padre biológico de sus hijos, y mucho menos, familias numerosas, y justamente por eso, logran exactamente lo opuesto a lo que declaman: más violencia, más enfermedad, más aborto, más desintegración de la familia, menor ingreso para las mujeres, discriminación. Profundizar en:

https://www.linkedin.com/pulse/paridad-es-discriminar-noalaparidad-f-nazar-gmail-com

https://www.linkedin.com/pulse/violencia-de-género-o-degenerada-la-solución-f-nazar-gmail-com

En inglés:

https://goo.gl/6Div1u

https://www.linkedin.com/pulse/long-march-feminism-f-nazar-gmail-com

 

No hay políticas que permitan compatibilizar la vida de las madres de familias estables y numerosas con participación política, cargos legislativos o de alta dirección. Todo lo contrario.

Éste video muestra lo difícil que es compatibilizar la maternidad con la política:

http://www.msn.com/en-us/video/peopleandplaces/senator-breastfeeds-as-she-talks-to-parliament/vi-BBD1OMN?ocid=spartandhp

¡Tenemos un sistema que no puede esperar a que una madre termine de amamantar!

 

 

¿Qué aprendemos de esto?

 

Hechos, no palabras. Los hechos demuestran lo contrario a las declamaciones: hay un plan sistemático para promover el aborto en el país que involucra a los principales partidos políticos.

 

Ya sea como cómplices activos o pasivos (por no impedirlo), los gobiernos son PRO-aborto a pesar de que eso viola nuestro orden constitucional y que sus autoridades asumieron sus cargos jurando sobre la Constitución.

 

Parece oculto, porque ningún medio se anima a revelarlo y además se censura la noticia sistemáticamente. Por ejemplo, pruebe pegar parte de éste contenido, como comentario al pie, de noticias relacionadas en www.lanacion.com.ar o en www.clarin.com: verá lo rápido que desaparece, sin importar la hora.

 

En Junio de 2017, esto fue enviado a medios supuestamente pro-vida como ArgentinosAlerta.org, la Red Federal de Familias, Observatorio para la Vida, etc. Nada publicado hasta ahora... ¿por qué?

 

 

Derechos Humanos S.A.

 

¿Quién se ocupa de los nuevos desaparecidos por el Estado? ¡No tienen ni fosas comunes!

 

Dijimos "nunca más" a los desaparecidos, secuestrados, torturados y asesinados a sangre fría por el Estado.

 

Denunciamos los muertos invisibles de la Argentina, los secuestrados, torturados y asesinados a sangre fría por los "jóvenes idealistas".

 

No aprendimos ni de la historia oficial del oficial, ni de la nueva historia oficialista.

 

Se enviaron 300 emails enviados a organismos gubernamentales y entidades civiles de Derechos Humanos, incluyendo la Universidad de las Madres de Plaza de Mayo (listado abajo). Ni uno sólo respondió las siguientes preguntas:

 

¿Acaso no demostró la ciencia que desde la concepción hay seres humanos vivos con su propio ADN, sexo, color de pelo y ojos?

 

Habiéndose comprobado que los bebés por nacer sienten dolor ¿no es tortura descuartizarlos vivos o quemarlos químicamente en un aborto procurado?

 

¿No hay sustracción de bebés a madres que no deseaban el aborto? (por ejemplo, forzadas por sus abusadores, parejas o familiares, o incapaces forzadas por sus madres o incluso por el defensor de menores)

 

¿No desaparecen los cuerpos de esos bebés en las fosas comunes de los tachos de basura hospitalarios? (eso sí, con certificación ambiental)

 

¿No desaparecen por los inodoros, terminando en el río, como en los vuelos de la muerte?

 

¿No sufrieron de padres ausentes? (¿Dónde están los Padres de Plaza de Mayo?)

 

¿Por qué no importa los derechos humanos denegados a seres humanos, sólo por estar detenidos o aprisionados en el seno materno?

 

¿Por qué se les niega el Estado de Derecho, la presunción de inocencia y la defensa en juicio justo antes de aplicarles la pena de muerte?

 

¿Por qué se toleraba la mentira pública de los 30.000 desaparecidos y de los 600.000 abortos y 500 muertes anuales de madres por abortos clandestinos? ¿Los números inflados son mágicos?

 

¿Por qué la denuncia social discrimina a éstos invisibles para el sistema?

 

¿Por qué se calla que hay un plan genocida para hacer desaparecer a los "indeseables"?

 

¿Por qué no se denuncia la violencia del Estado contra éstos indefensos?

 

¿Por qué no se clama por recuperar éstos hijos y nietos desaparecidos NN (Ningún Nombre)?

 

¿Por qué no se presenta denuncia formal contra éstos crímenes de lesa humanidad?

 

¿Algunos son más "derechos y humanos" que otros?

 

¿Por qué no se denuncia un golpe de Estado encubierto donde se viola sistemáticamente la Constitución y la división de poderes de la República?

 

¿Por qué no se clama por recuperar los cuerpos y darles entierro digno?

 

¿Por qué no se busca recuperar la memoria de todos los desaparecidos por el Estado?

 

¿Por qué no se denuncia éste verdadero terrorismo de Estado que aterroriza a la población? Un varón queda aterrorizado de que su pareja asesine su hijito por nacer. Los abuelos tienen terror de que su hija mate a su nietito. Una adolescente embarazada tiene terror de ser expulsada del hogar, ya sea por su madre egoísta o por su padrastro violador si no aborta ahora que es legal. Los bebés por nacer sufren terror al ser desmembrados vivos...

 

¿Por qué no se pide el cese de actividades de los centros de tortura y desaparición de las personas, llamados hospitales públicos y salitas?

 

¿Por qué no se busca derogar la ley mordaza de Vidal que obliga a mentir, al decir que sólo hay 30.000 desaparecidos por el Estado? ¿Por qué no se grita que hay muchísimos más? ¡Además de unos 6415 adultos en los 70 y algunos más por eutanasia, y casi un millón de bebés por nacer, principalmente por el DIU, los anticonceptivos hormonales, los bebés de probeta (más de treinta mil) y el aborto quirúrgico!

 

¿Por qué no se persigue a los responsables de la Maternidad Estela Carlotto por el asesinato de más de 1000 bebés por nacer?

 

¿Por qué no se pide que Argentina deje de financiar la Organización Mundial de la Salud por recomendar el aborto, en especial el farmacológico, mintiendo al decir que no causa gravísimos efectos secundarios (incluso la muerte de la madre)? ¿Cómo podemos estar financiando una asociación delictiva que viola nuestra Constitución, buscando la desaparición de Argentinos?

 

¿Por qué no se pide que la Argentina abandone la ONU por promover el aborto, violando nuestra soberanía y entrometiéndose en nuestros asuntos internos?

 

¿Por qué nadie pidió que el Estado reclame a la sucesión de la ladrona y genocida Jueza de la Corte Suprema Argibay que firmó el fallo F.A.L., los casi 4 millones de pesos que cobró por desaparecida?

 

¿Por qué no se cuestiona la "historia oficial" propagada por el Estado, por la educación sexual y por los medios?

 

¿Por qué no se denuncia ésta dictadura o fascismo social?

 

 

 

Padrinos de Plaza de Mayo

 

Ya que no lo hacen, ni lo harán, ¿por qué no creamos, "Padrinos y madrinas de Plaza de Mayo" ( #PadrinosdePlazadeMayo ), para defender los derechos humanos que nadie defiende contra el aborto quirúrgico y farmacológico, la fecundación artificial con pérdida de embriones, la eutanasia, la homo-adopción, el avasallamiento de la educación como derecho primario de los padres, la droga, etc.?

 

Para los padres que sufrieron que hayan abortado a sus propios hijos: ¿por qué no crean los "Padres de Plaza de Mayo" a fin de que otros no sufran el mismo avasallamiento de su patria potestad por parte del Estado? ¿Acaso la ciencia no demostró que todo hijo tiene un 50% de ADN del padre?

 

Y también podría crearse los "Abuelos y Abuelas de Plaza de Mayo": ¿acaso esos bebés abortados no tenían un 25% del ADN de cada abuelo o cada abuela? Y ya que estamos, ¿por qué no "Bisabuelos de Plaza de Mayo"? ¡y tatarabuelos!

 

Más allá de estar de acuerdo o no con el negocio de los derechos humanos ¿no es incoherente que se haya indemnizado con millones de pesos a los damnificados por bebés desaparecidos pero no a éstos familiares a quienes se denegó toda injerencia en proteger a su propia descendencia?

 

¿No se podría hacer al menos una ley prohibiendo todo aborto sin el consentimiento de familiares que quisieran hacerse cargo, o incluso dar en adopción a sus hijos, nietos, bisnietos, tataranietos en riesgo de ser abortados? ¿o prohibiendo todo aborto si hubiera al menos una persona dispuesta a adoptar un bebé por nacer? (les aseguro que el listado de interesados es kilométrico: no existe un sólo bebé no deseado)

 

 

¿Lesa humanidad o 2x1?

 

Denuncian la aplicación del 2x1 en la reducción de penas de presos políticos por desaparición de personas... mientras violan el derecho humano más fundamental, sobre el que se basan todos los demás: el derecho a vivir.

 

Denunciaron por "prevaricato" a tres jueces de la Corte Suprema por el fallo del 2 por 1: ¿por qué no lo hacen por el tema del aborto?

"La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público."

 

Desafiando a la Corte Suprema, la justicia de San Juan , Tucumán y Córdoba declararon inconstitucional el 2x1 para delitos de lesa humanidad o genocidio, y nadie hizo juicio político contra esos jueces. A confesión de parte, relevo de prueba. ¿Por qué nadie hace juicio político a los jueces que podrían haber desacatado el fallo-FAL y el protocolo?

 

Si es delito de lesa humanidad la sustracción de bebés, la tortura, desaparición forzada de personas por parte del violento aparato Estatal ¿cómo no lo es el aborto?

 

Autoridades que se creen por encima de la ley fundamental y de la ley natural: recuerden que los delitos de lesa humanidad no prescriben a los 10 años: son imprescriptibles, inindultables, inamnistiables.

 

María Eugenia Vidal, sentó postura. "Nuestra posición es clara: los delitos de lesa humanidad deben ser tratados como delitos de lesa humanidad y no como delitos comunes": recuerden bien esa frase, Presidentes, Gobernantes, Jueces, Legisladores, funcionarios y políticos corruptos cuando se los juzgue por lesa humanidad por haber tolerado o fomentado el asesinato de bebé indefensos.

 

 

Una cuestión de principios… NO negociables

 

Hay 4 principios NO NEGOCIABLES enumerados por la Santa Sede que debiera sostener toda persona basada en la moral natural, sea Católica o no:

http://moralnetargentina.blogspot.com.ar/p/4-no-negociables.html

 

La ciencia avala que estos 4 valores son lo mejor para el bien común. Por ejemplo, en inglés:

http://www.thefamilyleader.com/wp-content/uploads/2011/07/themarriagevow.final_.7.7.111.pdf (n.b. citas al pie)

http://www.profam.org/THC/xthc_pubs.htm

 

Violar esos 4 principios es cooperar con el mal. ¡No seamos cómplices de la cultura de la muerte! Es inmoral apoyar el mal pero también lo es no frenar el mal pudiendo hacerlo. Incluso es una falta de omisión no hacer el mayor bien posible.

 

No priorizar los 4 valores, cuesta la vida de millones: no sólo la de los nuevos NN desaparecidos en fosas comunes, los niños por nacer, sino también la de niños ya nacidos y adultos.

 

Ya sea por aborto quirúrgico, farmacológico o por fecundación artificial, la cultura de la muerte ha costado la vida de 12 millones de Argentinos, el doble que en el holocausto judío.

 

Considerando que es un plan sistemático para aniquilar y desaparecer a seres humanos, desde el punto de vista moral, trabajar para las autoridades genocidas no es muy distinto que trabajar para el Nazismo.

 

Hitler ganó las elecciones porque el pueblo priorizó un supuesto bienestar económico antes que su anti-judaísmo... al principio hubo mejora económica pero la guerra dejó a todos peor que antes, sin contar los millones de muertos.

 

Esos 4 principios elementales para una sociedad civilizada, por ser de ley natural, están amparados por el orden Constitucional y sin embargo, en mayor o menor medida, son violados por casi TODOS los candidatos actuales a cargos electivos. Si violan la Constitución, la ley fundamental, ¿qué se puede esperar del resto? No conviene elegirlo, por más promisorio que parezca. Lo que parece que se gana por un lado, se perderá muchísimo más por otro. ¡Recordemos el caso de Hitler!

 

Los errores de los políticos anti-vida, además de miles de vidas humanas, cuestan unos cien mil millones de dólares anuales (el presupuesto de 2017 era de 2.5 millones de millones de pesos) en gastos injustos, inútiles, ineficientes o incluso contraproducentes: con lo que sobraría, se podría generar un millón de millonarios cada año, es decir, un millón de personas podría cobrar un millón de pesos CADA UNO, CADA año, y al año siguiente, otro millón de personas. En menos de dos presidencias, todos debiéramos ser millonarios: ni un solo pobre…

¿Qué se puede esperar de quien roba la vida de los demás? Si no respeta la vida, ¿qué impide que robe o deje robar los bienes materiales también?

 

Esto debiera hacer reflexionar a quienes tengan vocación por la política. Urge incorporar formalmente a los partidos los 4 principios no negociables de ley natural, y si no se puede, hay que formar nuevos partidos.

 

 

Conclusión

 

 

 

Los cuatro jinetes mentirosos del apocalipsis antinatalista:

 

1.       "Sexo seguro": las tasas de fallas de los "anticonceptivos", promueven embarazos y tienen efectos adversos psíquicos y físicos: Infecciones de Transmisión Sexual (ITS, incluso asintomáticas o mortales), infertilidad, cáncer, gliomas, enfermedades cardiovasculares, ceguera. Entonces, la verdad es que el "sexo seguro" es siempre inseguro e irresponsable. El único sexo responsable es dentro del verdadero matrimonio. ¿"Educación" sexual anti-ciencia o "desarrollo de carácter y liderazgo"? La "educación sexual para decidir" es para decidir tener más promiscuidad a costa de matar bebés y enfermedades sexuales, ¡no dan otra opción!

2.       "Anticoncepción para no abortar": todos los anticonceptivos no-barrera son abortivos y todos, incluso los de barrera, al fallar, generan embarazo no deseado y demanda de aborto quirúrgico. Entonces, la verdad es "abortivos para abortar".

Interesante: antes decían "anticonceptivos para prevenir" (que rimaba con decidir y con "no morir") pero lo tuvieron que cambiar ya que todos los anticonceptivos fallan en prevenir el embarazo y las enfermedades de transmisión sexual.

3.       "Aborto para no morir": el aborto procurado no sólo mata al bebé sino a algunas madres (riesgo quirúrgico y post-aborto, mortalidad materno-infantil, cáncer de mama, suicidio, etc.). Anticoncepción y aborto genera infertilidad y demanda de fertilización artificial, que mata embriones. Entonces, la verdad es "aborto para morir". Incremento de bebés prematuros y discapacidad infantil por ETS, anticoncepción y aborto (aborto anterior o aborto actual pero fallido).

4.       "Aborto gratuito": nunca, porque el aborto cuesta al menos dos vidas y lo pagamos con nuestra complicidad, impuestos y seguro médico.

 

Debido a nuestros esfuerzos insuficientes, hay una impunidad total de hecho para:

·         Abortar: si se aplicara la pena a la madre, al menos se podría negociarla a cambio de denunciar al abortista o al farmaceútico que vende el abortivo ilegalmente.

·         Promover el aborto quirúrgico y farmacológico, incluso en causales no despenalizadas como por ejemplo por discapacidad del bebé (Socorristas en Red, Despenalización.org, Red de profesionales de la salud por el derecho a decidir, Asociación por los Derechos Civiles, Asociación Civil Fusa, Casa Fusa, Asociación Civil Red de Mujeres, Las Casildas, Facultad de Psicología (UBA), Facultad de Medicina (Universidad Nacional de Rosario), Página 12, etc.)

·         Debatir un derecho a asesinar (Confederación Parlamentaria de las Américas Salta,2016)

 

En fin, estamos en medio de una verdadera "guerra contra las mujeres" (y también contra los varones), que no pasa por discriminación laboral (ganan más si medimos horas trabajadas) sino por el ocultamiento de las consecuencias de la anticoncepción, sexo fuera del matrimonio, aborto y femachismo.

 

Primero comenzaron pidiendo la despenalización del aborto (pena de muerte al niño por nacer), luego el aborto como derecho humano y reproductivo de la mujer (negar el derecho = violencia de género) y finalmente el aborto como obligación para reducir la huella de carbono y no sobrepoblar el planeta (a pesar de que desde el año 2000, cada año nacen menos bebés que el año anterior).

 

 

¿Qué puedo hacer?

 

¿Qué es más urgente que parar ésta sangría de 160 mil asesinatos por año promovidos por el Estado?

 

¡Favor de escribir para sugerir más ideas!

 

Reenviar éste artículo por todas las redes sociales y por email: https://goo.gl/ts0NKt

 

Ayudar a pegar carteles de El Bebito: https://www.facebook.com/elbebitocadavidavale/

 

Ayudar a las mujeres en riesgo de abortar, a través de Grávida (pregunta en tu parroquia u obispado), La Merced Vida, Conin, El viñedo de Raquel, etc.

 

Firmar éstas campañas:

 

http://www.citizengo.org/es/25801-marcha-atras-guia-aborto-libre-argentina

 

http://www.citizengo.org/es-mx/42081-que-se-investiguen-hechos-tucuman-y-se-sancionen?m=5&tcid=35995135

 

http://citizengo.org/es/70457-frenemos-catedra-aborto-universidad-del-rosario

 

https://www.change.org/p/lunghi-intervenir-el-servicio-de-interrupci%C3%B3n-legal-del-embarazo-en-el-hpital-santamarina-tandil

 

http://www.citizengo.org/es/71881-tu-hija-14-anos-puede-hacerse-un-aborto-sin-que-te-enteres?m=5&tcid=37126740

 

http://citizengo.org/es/73856-justicia-para-keila-jones

 

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Luchemos contra éstas páginas abortistas bloqueándolas:

 

https://www.facebook.com/417866621661945/posts/1553756198072976

 

https://www.facebook.com/NUMArgentina/posts/770789843112200

 

Arriba, debajo de la foto principal están los botones:

 

- MeGusta, Seguir, Compartir y ...

(Like, Follow, Share ...)

 

- clic en "..." y elegir la última opción: reportar página

(Report Page)

 

- Luego "creo que no debe estar en Facebook" y botón continuar

(I think it shouldn't be on Facebook)

 

- Luego: "describe vender o comprar drogas" y botón continuar

(It describes buying or selling drugs…)

Nota: el misoprostol no está aprobado por ANMAT para usar en abortos procurados y además es ejercicio ilegal de la medicina.

 

- Luego "Enviar a Facebook para revisión"

(Submit to Facebook for Review)

 

Reenviar es salvar vidas.

Informarse también:

www.goo.gl/ts0NKt

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Capacitarte en temas pro-vida en EWTN, Aciprensa, Vida Humana Internacional, etc.

 

Defender la vida con comentarios al pie de noticias (La Nación, Clarín), videos, blogs, redes sociales…

 

Reclamar por los derechos humanos (si desean puedo enviarles un listado de emails):

https://comunicacionhrl.secure.force.com/forms/FF_VFP_PCSumate

http://www.sociales.uba.ar/wp-content/uploads/Organismos-de-Derechos-Humanos1.pdf

https://www.unrc.edu.ar/unrc/oddhh/docs/organismos-ddhh.pdf

http://www.jus.gob.ar/atencion-al-ciudadano/guia-de-derivaciones/derechos-humanos.aspx

http://www.jus.gob.ar/derechoshumanos

http://www.jus.gob.ar/contacto.aspx

https://www.facebook.com/jusgobar/

https://www.mrecic.gov.ar/es/subsecretar%C3%ADa-de-pol%C3%ADtica-exterior

https://www.mrecic.gov.ar/es/subsecretar%C3%ADa-de-culto

http://www.dpn.gob.ar/contacto.php

https://www.argentina.gob.ar/organismos

 

https://seguridad.gba.gob.ar/#!/home

(denunciar corrupción policial por aplicar protocolo por violación que incluye dar un abortivo, violando el derecho a consentimiento informado, además de asesinar al bebé inocente, violando la Constitución: hay que presentarse luego al fiscal.

 

http://www.oas.org/es/cidh/acerca/contactenos.asp

https://www.oas.org/ipsp/default.aspx?lang=es

http://acnudh.org/quienes-somos/

http://www.ippdh.mercosur.int/equipo/

http://www.corteidh.or.cr/

http://www.ohchr.org/SP/AboutUs/Pages/ContactUs.aspx

http://www.lgbt.org.ar/00-derechos,02.php

http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/d/enlaces/ong-argentinas/

https://amnistia.org.ar/nosotros/quienes-somos/

http://www.germangaravano.com/contacto

https://www.fidh.org/es/region/americas/

http://www.apdh-argentina.org.ar/contacto

http://www.cba.gov.ar/reparticion/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos/secretaria-de-derechos-humanos/

http://www.cels.org.ar/

https://www.facebook.com/CELS.Argentina/

http://www.facebook.com/LegislaturaDDHH

https://www.facebook.com/CeProDH

https://www.facebook.com/madresdelaplazatv/

https://www.facebook.com/madresplazademayo

http://www.desaparecidos.org

http://www.buenosaires.gob.ar/educacion/programasymemoria/organismos-derechos-humanos

https://www.abuelas.org.ar/abuelas/contacto-82

http://adc.org.ar/

http://www.jdh.org.ar/

https://www.derechos.net/medh/

http://www.derechos.org/about/contacta.html

http://www.hijos-capital.org.ar/index.php?option=com_wrapper&view=wrapper&Itemid=414

http://www.memoriaabierta.org.ar/wp/contacto/

https://sosdiscriminacioninternacional.org/contacta-con-sos/

http://www.mujeresenigualdad.org.ar/contacto.html

https://www.unaj.edu.ar/contacto/

 

Defender con la billetera sin gastar un peso:

 

1.      Contactar a la obra social o medicina prepaga y preguntar si cubren fertilización artificial o si hacen investigación con células de embriones. Si la respuesta es afirmativa, te podemos enviar una carta para reclamar y amenazar con cambiarte a un prestador pro-vida.

 

2.      Donar impuestos: en vez de darle impuestos a éste Estado genocida, mejor a proyectos para salvar vidas y bajo tu control. Es 100% legal y se puede deducir hasta el 100% de lo que dones o inviertas.

 

Certificarte GRATIS como "pro-vida". Luego puedes ayudar a certificar la empresa/entidad donde trabajas/estudias o las empresas/personas que contratas, médicos que consultas, políticos que votas, etc.

 

Donar tu tiempo: en especial, se necesita abogados, traductores, profesionales de la salud, ciencias económicas o comunicación, expertos en redes sociales, webmaster, etc.

Por ejemplo, el Estado dona hasta un millón de pesos por proyecto por año, pero es aprovechado sólo por los pro-muerte. Se necesita gente para armar y ejecutar proyectos pro-vida.

 

Concientizar tu entorno: familiares, amigos, compañeros, empleados, taxista, peluquera, empleada doméstica. Tasas de fallas de los anticonceptivos (la mayoría de las que abortan estaban usándolos), su efecto abortivo, el daño a la salud de las mujeres (trombosis, ACV, cáncer, paro cardíaco, infertilidad, menos defensas ante infecciones sexuales, aumento de peso/diabetes II, pérdida de libido, depresión, daño al bebé por nacer deseado, etc.) , las ventajas del sexo dentro del matrimonio y de la planificación familiar natural, los graves efectos del aborto quirúrgico, los efectos mortales de la estimulación ovárica (fecundación artificial), la mayor tasa de discapacidad de bebés de probeta, la eficacia de la naprotecnología para curar la infertilidad, el mejor desarrollo de los niños con sus padres biológicos, el gravísimo impacto en los niños de la homo-paternidad, etc.

 

Voto informado: tu voto vale… ¡vidas humanas! ¡No hay ningún otro tema más importante! Es cuestión de vida o muerte. No importa que te prometan la luna: no vendas tu voto por sangre humana. Votá la vida, no la muerte. No votes a éstos políticos que, como Pilatos, se lavan las manos, a pesar de que las tienen ensangrentadas por tolerar el aborto. No importa que los provida no tengan chance de ganar por ahora.

 

Acción política: "república" viene de "res pública", que significa cosa pública: ¡el pueblo tiene las autoridades que se merece por no ocuparse de la República! Ante éstas circunstancias gravísimas, todos tenemos una obligación moral GRAVE de participar activamente en la política, aunque sea propagando la verdad. Otros, sienten el llamado a esa noble vocación de servicio porque nadie más lo hace, como Santiago de Liniers, mientras rezaba en una iglesia, al ver que los ingleses no respetaban a Jesús presente en la Eucaristía, sabiendo que podría costarle la vida. Hoy, nos están colonizando culturalmente, corrompiendo la juventud, destruyendo las vidas de las madres que abortan y masacrando a nuestros hermanitos más indefensos que claman a gritos por nosotros mientas los descuartizan vivos en el seno materno con la bayoneta del "aborto libre". El día del Juicio, ellos nos lo echarán en cara. Es hora de levantarse y pelear con lo que cada uno pueda poner (tiempo, lo que te ahorrás de impuestos, dinero, contactos, todo suma): ¡unámonos!

Una idea que trataremos de implementar: partidos municipales independientes, pero unidos en los 4 principios no negociables (contactarse abajo).

 

Denunciar la violencia contra los bebés y sus madres que abortarán violándose su derecho al consentimiento informado:

Denunciar en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: 0800-555-5065

https://denunciasweb.minseg.gob.ar/

Se puede poner por ejemplo:

Genocidio de lesa humanidad: desaparición de las personas por parte del Estado.

Información detallada de los cómplices en: https://goo.gl/ts0NKt

 

Donar dinero a grupos pro-vida: buscarlos en la parroquia u obispado y si no hay, ofrecerse a crear uno. Todo suma, aunque sea $10 por mes. Año tras año, los abortistas avanzan un poco más, porque no sólo controlan casi todos los grandes medios, sino que para promover su causa, sobornar políticos y comprar medios, reciben millones de dólares de:

·         Laboratorios fabricantes de los anticonceptivos que compra tu entorno (Pfizer, Merck, etc.)

·         Multinacionales que debieras boicotear como Walmart/Chango Más, Pepsi, Nestlé, Unilever, Johnson&Jonson, Colgate, G&E, HP, Energizer, Starbucks, Nike, Avon, Amazon, American Express, Mars, Paypal, Safeway, (lista parcial), etc.

·         Unicef

·         Fundaciones como

·         Fundación Rockefeller, Kellog, Ford, Bill & Melinda Gates (financiada cuando compras Microsoft)

·         Masonería, Rotary Club, Lion's Club

·         Amnesty International

·         Fundación Huésped y algunas ONG que dicen combatir el SIDA, etc.

 

Testamento: se puede establecer la donación de propiedades, autos, muebles, cuadros, cualquier cosa que tenga valor.

 

Movilizarse para replicar en cada provincia, el amparo exitoso de Córdoba contra el protocolo.

 

Rezar: seas creyente o no, es lo más urgente y efectivo, pero "a Dios rogando y con el mazo dando". Hay que usar todos los medios sobrenaturales como si no existieran los naturales, y viceversa. Una ayudita para la fe:

Dios ¿existes? ¡pruébalo científicamente!

¿Ser Cristiano o Católico?

 

Sean creyentes o no, los enemigos de la vida serán juzgados tarde o temprano. "No se engañen: nadie se burla de Dios. Se recoge lo que se siembra" Gálatas 6:7

De morir sin arrepentirse, rechazando Su Infinita Misericordia, responderán ante la implacable justicia del Juez Supremo y ante todos los bebés que murieron por su causa o dejadez.

 

AMDG

Prof. Federico Nazar

 

Se agradece correcciones a: abortono arroba Gmail.com

 

Si tenés vocación por el bien común y la justicia y estás interesado/a en liderar un nuevo partido político provida en tu municipio favor de escribir.